El desafío pluricultural en el estado nacional

Autores/as

  • Pedro Talavera

DOI:

https://doi.org/10.35487/rius.v2i22.2008.148

Palabras clave:

multiculturalismo, identidad cultural, derechos colectivos, ciudadanía

Resumen

Afrontar el fenómeno de la pluriculturalidad en el seno de los estados-nación, hasta ahora asentados sobre sociedades homogéneas, plantea la necesidad de identificar el doble origen, nacional y étnico, de la pluriculturalidad, de superar la pretendida neutralidad del Estado liberal y reconocer derechos colectivos, aportando soluciones eficaces para encajar el pluralismo moral fue la pluriculturalidad comporta. El autor estudia aquí las dos propuestas doctrinales planteadas hasta ahora para la construcción de un nuevo modelo de Estado pluricultural: las que se edifican sobre una ciudadanía cosmopolita, y las que lo hacen sobre una ciudadanía diferenciada. 

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Citas

Vid. kymlicka, w., La política vernácula. Nacionalismo, multiculturalismo y ciudadanía, Paidós,

Barcelona, 2003.

ETXEBARRRÍA, X., “Estado pluricultural”, en Glosario para una sociedad intercultural (J. Conill, coord.), Bancaixa, Valencia, 2002, p. 141.

SARTORI, G., La sociedad multiétnica, Taurus, Madrid, 2002, pp. 46-58.

LAMO DE ESPINOSA, e., Culturas, estados, ciudadanos, Alianza, Madrid, 1995, p. 18.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 140.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, Paidós, Barcelona, 1996, pp. 46-55.

Las reivindicaciones identitarias actuales tienen una doble dirección: o bien surgen de los autóctonos frente al establecimiento de extranjeros (nacionalismo reactivo), o bien surgen de las reivindicaciones de grupos que, dentro del Estado al que pertenecen, se sienten frustrados o marginados en alguno de los sectores importantes de la vida pública y, fundamentados en su identidad étnica, representada por los elementos que mejor la simbolizan, como la lengua, la religión o el índice racial, pretenden conseguir lo que estiman su derecho (nacionalismo identitario, en sentido estricto). Si el primero genera, sobre todo, problemas de convivencia para el extranjero (racismo y xenofobia) y puede influir en las políticas de extranjería de los estados, el segundo fenómeno genera graves problemas en la estructura del propio Estado, porque influye de manera determinante en la concepción de la ciudadanía y, en situaciones extremas, puede degenerar en un conflicto armado entre los grupos, como es el caso de musulmanes e hindúes en la India; musulmanes y cristianos en Sudán; tutsis y hutus en Burundi; católicos y protestantes en Irlanda; serbios y kosovares en Europa central o musulmanes y cristianos en el Líbano. Se podrían multiplicar los ejemplos.

HABERMAS, J., Más allá del estado nacional, Trotta, Madrid, 1997, pp. 11 2-11 3.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 25-46.

HABERMAS, J., La inclusión del otro, Trotta, Madrid, 1999, p. 203.

La intervención de la otan en Kosovo vino a demostrar que la efervescencia independentista había agotado su crédito y que la comunidad internacional había cerrado definitivamente las puertas al reconocimiento de nuevos procesos secesionistas. Esta realidad ha reorientado, en general, la expresión del nacionalismo hacia un nuevo contexto de reivindicación más identitario y político cultural. No obstante, las reivindicaciones de un Estado propio por parte de numerosas comunidades nacionales, lejos de atemperarse se han ido agudizando en los últimos tiempos. Algunos países tienen una equilibrada relación interna entre el Estado y su nación (Dinamarca, Portugal, Grecia, Japón o Suecia, por ejemplo); pero otros arrastran una compleja y tensa dialéctica plurinacional (Italia, España, Francia, Inglaterra, etc.).

Cada uno de estos supuestos ofrece una problemática completamente peculiar. Desde los problemas de la regionalización italiana y la Padania del Norte, pasando por la de los de bretones o la de los corsos en Francia, hasta la “devolución” identitaria que está haciendo Tony Blair respecto de Escocia y Gales, la complejidad de la convivencia política de flamencos y valones en Bélgica; la tensión interestatal de los länder alemanes; el catalanismo político de Cataluña; las consultas secesionistas de Québec en Canadá y el separatismo terrorista de eta en el País Vasco.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., pp. 142-143; kymlicka, w., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 26-41.

FERNÁNDEZ RUIZ-GÁLVEZ, e., Igualdad y derechos humanos, Tecnos, Madrid, 2003, pp. 177-178.

TOURAINE, A., “Vrais et faux problemes”, en Une société fragmentée? Le multiculturalisme en dédet, Michel Wieviorka (dir.), Paris, La Découverte y Syros 1997. Vid. También touraine, a., Pourrons-nous vivre ensemble?, op. cit., pp. 197-201; Igualdad y diversidad. Las nuevas tareas de la democracia, fce, México, 2000 (2ª ed.), pp. 77-79 y 82.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 47-52. Mecanismos políticos para atender a las exigencias de autogobierno, ligadas a realidades identitarias de carácter nacional, dentro de un Estado, se han planteado muchas: desde el estado autonómico, hasta el federalismo, sea simétrico o asimétrico, pasando por las confederaciones, las reservas de pueblos indígenas, los protectorados, los estados asociados o los condominios.

El nacionalismo reactivo, suscitado por la inmigración masiva, plantea también una interesante paradoja a la legitimidad esgrimida por el Estado nacional. Tildamos de extranjeros a quienes mantienen su condición de “no nacionales” (por propia voluntad o por imposibilidad) y, por ello, son excluidos de la deliberación y decisión pública y de la distribución equitativa de la riqueza, aunque se acepte su contribución a la producción. Esto plantea ya, como afirma Etxebarría, un grave problema moral a los estados. Dado que su legitimidad se construye desde su remisión a los derechos humanos universales, un estado de derecho no puede justificar que un ser humano, precisamente por el hecho de estar en su territorio, no disfrute eficazmente de estos derechos. El que los estados nacionales se constituyan como mediadores en la realización de los derechos humanos pide, por un lado, que éstos sean verdaderos mediadores de cara a sus ciudadanos y, por otro, que no se margine a quienes residiendo en ese

Estado no son “nacionales”. En coherencia con el principio de legitimidad de los estados, los extranjeros deberían ser reconocidos como sujetos de todos los derechos y deberes de la ciudadanía (etxebarría, x., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 143).

El mundo está lleno de estas minorías étnicas que, en algunos casos, son fruto inesperado de cambios políticos traumáticos. Por ejemplo, más de dos millones de rusos han visto pasar su condición de etnia dominante a minoría en las tres exrepúblicas bálticas de Estonia, Letonia y Lituania. Es también el caso de tribus y etnias que han sufrido la opresión de los nuevos estados surgidos de la descolonización y reivindican una vuelta a sus viejos nacionalismos fundamentalistas, tal y como surgieron en los orígenes de la lucha por la independencia (África, India, Pakistán, etc., presentan abundantes ejemplos). Pero Europa, en particular, está llena de estos casos: húngaros en Rumania, albaneses en Serbia y Montenegro, serbios en Croacia y Bosnia, turcos en Bulgaria, armenios en Azerbaiyan, polacos en Lituania, uzbekos en Tajikistan, etc.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., pp. 143-144.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 135-144. Puesto que para Kymlicka es la voluntariedad de la inmigración lo que justifica la integración, sólo la involuntariedad del desarraigo comportaría una excepción a esa regla general y permitiría la concesión de determinados derechos nacionales.

En esta condición particular de involuntariedad se encontrarían los refugiados y habría que considerar el caso de los inmigrantes obligados a desarraigarse por la pobreza, situación a la que no somos ajenos los países ricos de acogida (pp. 139-141).

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op.cit., pp. 135-136.

También cabría apelar a la oposición que el reconocimiento de derechos diferenciados supondría frente al planteamiento de la universalidad de los derechos. Una crítica a este supuesta oposición la realiza fernández ruiz-gálvez, e., Igualdad y derechos humanos, op. cit., pp. 180-183.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., p. 136.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 143-144.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 71-76.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., p. 11 2.

LAMO DE ESPINOSA, E., Culturas, estados, ciudadanos, op. cit., pp. 15-16.

FERNÁNDEZ RUIZ-GÁLVEZ, E., Igualdad y derechos humanos, op. cit., pp. 181-183.

MARTÍNEZ-PUJLATE, A., “Derechos humanos e identidad cultural. Una posible conciliación entre interculturalidad y universalidad”, en Persona y Derecho, No. 38, 1998, pp. 120-127.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 122-133.

GUTTMANN, A., “Introducción”, en taylor, ch., El multiculturalismo y la política de reconocimiento, fce, México, p. 21.

Sin embargo, aun aceptando que no son admisibles las restricciones internas, Kymlicka entiende que no es lo mismo describir una teoría defendible de los derechos de los grupos que imponerla. En su opinión, es preferible que los liberales se acostumbren a convivir en sus países con grupos no liberales (por ejemplo, el pueblo indio), como lo hacen con grupos no liberales de otros países (kymlicka, w., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 143-166).

FERNÁNDEZ RUIZ-GÁLVEZ, E., Igualdad y derechos humanos, op. cit., pp. 185-192.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 46-55.

Es el caso de España, donde todas las comunidades autónomas se autocomprenden desde la cultura de la democracia liberal, que tiene en el trasfondo una raíz judía y cristiana. Comparten, pues, el sentido de la organización política, de las normas morales, incluso de la vida y la muerte. Lo que se reclama es construir de otra forma el mapa político y, en lo que se refiere a la lengua no hablada por el resto de España, derechos que arropen su mantenimiento y transmisión.

CORTINA, A., “Ciudadanía intercultural”, en Glosario para una sociedad intercultural, op. cit., pp.

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Si nos ceñimos al ejemplo de España, pueden presentarse problemas de convivencia entre una cultura democrático-liberal y las peculiaridades de la población gitana y musulmana. Dos ejemplos que destruyen la identificación de algunos autores entre minorías étnicas e inmigración: en nuestro caso, ni todos los grupos inmigrantes se identifican con una cultura distinta a la occidental —sólo los musulmanes—, ni la diversidad cultural se debe sólo a esos inmigrantes, sino también a indígenas tan acreditados como los gitanos. Importa puntualizar esto, porque la prensa suele unir “inmigración-multicuturalidad- delincuencia-trabajo” en una noche en que todos los gatos son pardos (cortina, a., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., p. 39).

Estos mínimos, que son en parte actuales y en parte proyecto, pueden constituir una “concepción moral de la justicia, común a distintas doctrinas comprehensivas del bien” (rawls, j., Liberalismo político, Crítica, Barcelona, 1996) o bien una “ética mínima”, compartida por las distintas “éticas de máximos” (cortina, a., Ciudadanos del mundo, Alianza, Madrid, 1997). En un caso y otro intentan que los ciudadanos de una comunidad puedan construir su vida juntos más allá de sus diferencias y peculiaridades.

El famoso asunto del velo islámico será un problema de justicia si el velo expresa inferioridad de la mujer, no si se trata sólo de un símbolo religioso. Prohibir símbolos religiosos en lugares públicos, si no son expresivos de relaciones injustas, es propio de sociedades no pluralistas, sino confesional-laicistas, como la francesa. De hecho, los sikhs que deseaban ingresar en la Real Policía Montada del Canadá y no podían hacerlo porque su religión les prohibía prescindir del turbante, una vez reconocido el derecho a llevarlo, pudieron oficiar de policías (cortina, a., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., p. 40).

SARTORI, G., La sociedad multiétnica, op. cit., pp. 65-68. Como señala acertadamente Cortina, este recelo se tiene sólo frente al inmigrante pobre, frente al que los medios de comunicación presentan como un peligro, como fuente supuesta de delincuencia, competencia laboral e intransigencia cultural. Frente a estas expresiones en realidad de “aporofobia”, más justo y eficaz sería que quienes, desde una cultura occidental, están convencidos del valor de la autonomía y los derechos humanos, traten de reforzar tales convicciones entre ellos con palabras y con hechos, en vez de insistir en que hay que debilitar los valores.

Si lo hicieran así, se percatarían de que lo que urge es resolver el problema de la miseria, e integrar a los que huyen de ella, dialogar con su cultura y hacer creíble con la acción que el respeto a los derechos humanos es un buen programa ético-político (cortina, a., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., p. 41).

Porque bien puede ocurrir que quienes estén interesados en mantener las diferencias culturales sean los patriarcas y los líderes, más que los miembros. Sólo teniendo posibilidad de elegir es posible averiguar si una mujer prefiere aceptar el marido que otros le procuran, no trabajar fuera del hogar, vivir pendiente del varón. De ahí que no se pueda permitir en modo alguno que los grupos culturales coarten la libertad de sus miembros, de lo que sólo se beneficiarían los poderosos (cortina, a., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., p. 42).

CORTINA, A., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., pp. 42-43.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., p. 11 7.

Ibid., pp. 134-135.

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 211 -237.

CORTINA, A., “Ciudadanía intercultural”, op. cit., p. 36.

HABERMAS, J., Identidades nacionales y posnacionales, Tecnos, Madrid, 1989, p. 238. Vid. también, HABERMAS, J., La inclusión del otro. Estudios de teoría política, Paidós, Barcelona, 1999; HABERMAS, J., La constelación posnacional. Ensayos políticos, Paidós, Barcelona, 2000.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 145.

Idem.

HABERMAS, J., La constelación posnacional. Ensayos políticos, op. cit., pp. 121-124.

ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 145.

Ibid., p. 146.

SCHNAPPER, D., La relation à l’Autre, Gallimard, Paris, 1998, p. 481-482.

Taylor parte de la complejidad de las identidades y apuntala el doble presupuesto liberal y multicultural afirmando que “una sociedad verdaderamente libre es una sociedad donde las identidades complejas puedan dilatarse. Esto significa, por una parte, que la identidad política no trate de reprimir la diferencia y limitar su presencia en el espacio público y, por otra parte, que las comunidades particulares no intenten monopolizar la vida de sus miembros”. El modelo político para consagrar la diferencia puede revestir formas variadas: federalismo, regionalización, descentralización, autonomía local, etc. “Es tiempo —afirma— de reconocer que pueden existir diversas maneras de integrarse a la totalidad.” En su opinión, las identidades complejas pueden reforzar el compromiso político y la vida democrática (taylor, ch., Argumentos filosóficos, Paidós, Barcelona, 1999, p. 27 y ss).

KYMLICKA, W., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 11 2-133.

Ibid., pp. 248-263.

No obstante, el modo concreto en que Kymlicka plantea esa integración parece ir algo más allá de los “principios abstractos” del patriotismo constitucional, solicitando también su integración en las instituciones propias de las culturas nacionales, acordes siempre con los planteamientos democráticos y liberales. Junto a esto plantea también la asunción por parte del país receptor de determinados aportes de la cultura inmigrante, de modo tal que cuando los inmigrantes se integren en ella lo hagan no en algo absolutamente ajeno, sino en algo ya enriquecido por ellos (kymlicka, w., Ciudadanía multicultural, op. cit., pp. 242-248).

VID. ETXEBARRÍA, X., “Estado pluricultural”, op. cit., p. 146-147.

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