El derecho a la igualdad y el principio de no discriminación: la obligación del gobierno de México para realizar la armonización legislativa con perspectiva de género*

Autores/as

  • Elizardo Rannauro Melgarejo

DOI:

https://doi.org/10.35487/rius.v5i28.2011.71

Palabras clave:

Igualdad, no discriminación, derechos humanos.

Resumen

El presente artículo hace referencia a los avances establecidos en la agenda internacional del derecho a la igualdad y el principio de no discriminación, así como a los principios de igualdad entre la mujer y el hombre y el de no discriminación, establecidos en el marco jurídico constitucional mexicano, que establecen la obligación del Estado mexicano de realizar la armonización legislativa con perspectiva de género al derecho interno mexicano, para la protección jurídica en la defensa y promoción de los derechos humanos y la autonomía de las mujeres.

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Biografía del autor/a

Elizardo Rannauro Melgarejo

Licenciado en derecho por la Universidad Veracruzana, con estudios de posgrado en derechos humanos, derecho internacional y en comunicación inglesa en la Universidad Complutense de Madrid (España), Universidad de Hull y Universidad de Londres (Inglaterra), respectivamente. Máster en Género y Derecho, Políticas Públicas contra la Desigualdad Sexual en la Universidad Autónoma de Barcelona, España. Actualmente es doctorando en Derechos humanos por la Universidad Panamericana en México. Ha participado en foros internacionales en la ONU, OEA y OCDE. En el ámbito académico imparte clases y conferencias a nivel nacional e internacional. Ha desempeñado diversos cargos en los gobiernos del Distrito Federal y en el Federal, destacando el de director de Asuntos Internacionales de la Mujer en la Cancillería Mexicana y coordinador de un proyecto de cooperación en materia de derechos humanos de las mujeres del gobierno de México y la ONU. Actualmente preside el Instituto para la Investigación de los Derechos Humanos y Estudios de Género.

Citas

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Creada en el año de 1989, es la organización internacional de los parlamentos. Como tal, es la única organización que representa a la rama legislativa de los gobiernos en una escala mundial. Su propósito fundamental es promover la paz y la democracia a través del diálogo político. La UIP es el principal interlocutor parlamentario de las Naciones Unidas y lleva la voz de los parlamentos a los procesos de toma de decisión de las Naciones Unidas, presentando regularmente sus resoluciones a la Asamblea General. En el año 2002 las Naciones Unidas le otorgaron el estatus de observador permanente.

Los ordenamientos jurídico-administrativos pueden dividirse en dos vertientes: al interior y al exterior. Al interior son: acuerdos, convenios, circulares, oficios-circulares, manuales, instructivos, reglas, estatutos, contratos administrativos, condiciones generales, aclaraciones, resoluciones, órdenes, bases, políticas y lineamientos. Al exterior: decretos, programas, planes, norma oficial mexicana, normas mexicanas, normas técnicas, normas, declaratorias.

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