La protección jurídica a las personas en situación de vulnerabilidad y el respeto a la autonomía de la voluntad
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v9i36.2015.94Palabras clave:
Vulnerabilidad, discriminación, igualdad, inclusión social, discernimientoResumen
El presente trabajo intenta discurrir sobre una noción de vulnerabilidad que trascienda su vinculación con las situaciones de debilidad individual o colectiva sin excluirlas. Propugna una concepción totalizadora del concepto, recordando que todo ser humano es esencialmente vulnerable. Aborda la inveterada exclusión de los sujetos más vulnerables y su lucha pertinaz en pos de su inserción social. Analiza la tutela que el derecho penal argentino ofrece a esas personas a través del análisis de una sentencia que trata la figura de circunvención de incapaces. Particular atención se dispensa a la figura del notario en cuanto a la valoración a su cargo, respecto del discernimiento de los otorgantes y la función preventiva que cumple el autorizante.Descargas
Citas
Bustamante Alsina, Jorge. Teoría general de la responsabilidad civil, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1993, p. 106.
Carnelutti, Francesco. "La Figura Jurídica del Notario", en Gaceta Notarial, Cuzco, Perú, 2011, p. 149
. Eduardo Gabriel Clusellas (Coord.), tomo 1, artículos 1 a 331, Astrea - FEN - Editora Notarial, Buenos Aires, abril de 2015, p. 66.
Creus, Carlos. Derecho Peñal, tomo 1, Astrea, Buenos Aires, 1998, p. 510.
Crovi, Luis Daniel. "Capacidad Jurídica de las Personas con Padecimientos Mentales", en La Ley, No. 203, 25 de octubre, 2011, p. 1.
Fontán Balestra, Carlos. Derecho penal, Abeledo Perrot, Buenos Aires , p. 381
Foucault, Michel. Microfísica del Poder, Edymión, Madrid, 1992, p. 149.
Landestoy Méndez, Pedro Luis. "La discapacidad intelectual y la testimentafio activa: una visión desde la convención de los derechos de la personas con discapacidad", en Revista del Instituto de Derecho e Integración, No. 6, año 3, p. 132.
Llambías, Jorge Joaquín. Tratado de Derecho Civil, tomo I, Perrot, Buenos Aires, p. 39.
Llorens, Luis. El Notario ante deficientes mentales. Hacia una revitalización de la capacidad en el derecho civil, p. 142.
Madelin, Louis. Los Hombres de la Revolución Francesa, La Asamblea Constituyente, Javier Vergara, Buenos Aires, 1989, p. 79.
Martínez Segovia, Francisco. Función notarial, Ediciones Jurídicas Europa América, 1961, p. 22.
Pérez Gallardo, Leonardo. "La protección social de los discapacitados en Cuba: una visión de lege data y de lege ferenda", enRevista del Instituto de Derecho e Integración , No. 3, año 2, p. 149.
Rajmil, Alicia Beatriz y Arévalo, E. Jorge. "Capacidad jurídica de los menores de edad y autonomía progresiva en el ejercicio de sus derechos", enRevista del Instituto de Derecho e Integración , No. 3, año 2, Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, p. 90.
Rajmil, Alicia Beatriz y Llorens, Luis Rogelio. Apuntes para la práctica notarial acerca del régimen de capacidad de las personas y de los derechos personalísimos en el Código Civil y Comercial (Ley 26994), pp. 5 y 6.
Real Academia Española. Diccionario de la Lengua Española, Madrid, 1992.
Salvat, Raymundo. Tratado de Derecho Civil Argentino, Parte General, p. 605.
Simo Santoja, Vicente. "El notariado y los derechos fundamentales", Ponencias del Notariado Español, XXII Congreso Internacional del Notariado Latino, Buenos Aires, 1998, p. 252.
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