El derecho entre la educación cívica y la etica, cuestión de presente
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v2i21.2008.257Resumen
El presente artículo aborda algunas aristas de la interrelación existente entre la ética, el derecho y la educación cívica. Persigue como objetivo general propiciar el debate en torno a las mismas. Con tal propósito se seleccionaron para su análisis las siguientes ideas claves: que a partir del carácter activo y transformador que tiene el derecho, el principio de legalidad puede considerarse
como un fundamento ético propulsor de la conciencia social, en particular la jurídica, de fuerte incidencia en el progreso educativo y cultural de la sociedad; que el conocimiento y enseñanza efectiva de los contenidos regulados por la Constitución de un país, como principal reservorio jurídico de los valores que consagra una sociedad, pudieran ser considerados respectivamente, derecho y deber cívico, y por último, que la participación ciudadana en el ejercicio del
poder político, depende en gran medida de los niveles de cultura jurídica alcanzados por los sujetos políticamente activos de la sociedad. Luego de analizar los puntos anteriores se concluye que la educación cívica constituye un área de actividad que compromete conjuntamente al Estado y a la sociedad civil y que el contenido axiológico del derecho nutre el fundamento ético de la misma y es esencial para el cumplimiento el principio de legalidad
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