CRISIS DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v4i25.2010.222Keywords:
Democracia representativa, intermediación, Estado, sociedad civil, organizaciones sociales, partidos políticos y espacio público.Abstract
En el presente artículo se analiza el sistema de representación desde su origen y desenvolvimiento hasta los tiempos que vivimos en la primera década del siglo xxi. El análisis incluye la perspectiva sociológica y la jurídica. Se plantea el papel que han jugado los partidos políticos y la forma en que han contribuido a la formación y operación de los órganos de representación, para llegar hasta el momento actual en el que compiten otras organizaciones sociales con los partidos políticos, produciendo en ellos un desgaste y un grado de deslegitimación. Se estudia el concepto de espacio público y las candidaturas independientes que pueden surgir con apoyo en las organizaciones de la sociedad civil (osc’s) y con la red de Internet.
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References
Cfr. Santa Cruz Teijeiro, José, Instituciones de derecho romano, Madrid, Revista de Derecho Privado, 1946, pp. 151-154.
El Diccionario Electoral (Costa Rica, Centro Interamericano de Asesoría y Promoción Electoral (capel)-iidh, p. 613) señala: “La fundamentación teórica de la representación es tomada del derecho privado que pronto va a tener aplicación en las asambleas estamentales”.
El Diccionario de la Lengua Española, en la primera definición del término estamento, refiere el antecedente mencionado de la representación política: “En la Corona de Aragón cada uno de los estados que concurrían a las Cortes; y eran el eclesiástico, el de la nobleza, el de los caballeros y el de las universidades o municipios”.
El “mandato imperativo” era un acuerdo para que los representantes en los consejos o Parlamentos obraran de acuerdo con disposiciones precisas que el grupo mandante les estipulaba, a la manera que se hacen los mandatos privados, aunque en esos cuerpos colegiados se trataban asuntos públicos.
Citado en el Diccionario Electoral, cit., p. 615.
Duverger, Maurice, Los partidos políticos, México, Fondo de Cultura Económica, 1965, p. 16.
“En algunos países, los primeros grupos parlamentarios fueron, de este modo, grupos locales que se transformaron posteriormente en grupos ideológicos” (idem).
Cfr. Sartori, Giovanni, Elementos de ciencia política, Barcelona, Ariel, 2000.
La Democracia, Barcelona, Ariel, 1965, p. 42.
La forma en que podemos diferenciar si un partido es una facción o un partido moderno es su defensa de los intereses generales de una nación. Cuando defiende o promueve sólo los intereses de un grupo, o tiene una posición sectaria en la que se pone su ideología, o las posiciones del sector social, clase o grupo que representan, son facciones. El descrédito de los partidos, en alguna medida importante, se da porque sectores importantes de la población los ven como sectas o claramente inclinados a favorecer intereses oligárquicos.
García-Pelayo, Manuel, El Estado de partidos, Madrid, Alianza Editorial, 1996, p. 11.
Este libro fue publicado por primera vez en 1915.
Cfr. El futuro de la democracia, México, Fondo de Cultura Económica, 1986, especialmente el capítulo denominado “Democracia representativa y democracia directa”.
Véase el estupendo libro de Rabotnikof, Nora, En busca de un lugar común. El espacio público en la teoría política contemporánea, México, unam, Instituto de Investigaciones Filosóficas, 2005. En este trabajo, la autora revisa el concepto de espacio público como se ha venido perfilando desde el ágora griega, la de los romanos, la conceptualización
de la ciudadanía de Emmanuel Kant, y lo que han definido en la teoría política moderna Reinhart Koselleck, Hannah Arendt, Jürgen Habermas y Niklas Luhmann.
Ibidem, p. 10.
Dice Rabotnikof: “…los tres sentidos que hemos distinguido se asociarán a un ‘espacio’, cuyo lugar conceptual se encuentra ligado de manera problemática a otras dos categorías clave del pensamiento político moderno: Estado y sociedad civil” (ibidem, p. 20).
El concepto de lo público no estatal se ha desarrollado por científicos sociales latinoamericanos a finales del siglo xx. Véase una obra que contiene diversos trabajos que dan cuenta de ese concepto: Bresser Pereira, Luiz Carlos y Cunill Grau, Nuria (eds.), Lo público no estatal en la reforma del Estado, Buenos Aires-Barcelona-México, Paidós, clad, 1998. En ese trabajo se sostiene: “El fundamento último de lo público no estatal es la construcción de la ciudadanía en su dimensión material y política. Por ende, requiere expresarse en una redistribución del poder político y social. La medida en que esta contribución pueda ser realizada es dependiente de una serie de transformaciones. Muchas de tales transformaciones se refieren expresamente a lo público no estatal. Pero otras, incidiendo en él, lo trascienden. De hecho, requiere un Estado dispuesto a reconocer su responsabilidad sobre el bienestar general, manteniendo un compromiso sostenido sobre aquél y aceptando sus roles redistributivos. Asimismo, requiere de una sociedad responsable
de sus deberes. Supone, asimismo, un sistema de partidos fuerte y un sistema judicial eficaz” (pp. 53 y 54).
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