El uso de la videoconferencia en cumplimiento del principio de inmediación procesal*
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v7i31.2013.21Palabras clave:
Justicia electrónica, videoconferencia, inmediación procesal, declaración virtual.Resumen
La justicia electrónica es cada vez más contundente en todo el mundo; para mantener el ritmo al que avanza, es necesario comenzar a implementar las innovaciones que autorizan las leyes a fin de facilitar el acceso a los tribunales, especialmente por parte de quienes se encuentran a grandes distancias de las sedes judiciales. En este sentido, juega un rol determinante la interpretación actualizada del principio de inmediación, donde destaca la videoconferencia como un instrumento que permite cumplir con los elementos que conforman el principio de inmediación, tales como: permitir a las partes escucharse, pero también observar el lenguaje no verbal; mantener la confidencialidad de las declaraciones, y comprobar la identidad del declarante, bien sea por un funcionario en el lugar desde donde se produce la declaración o por el propio tribunal a distancia.Descargas
Citas
MARTÍNEZ MARULANDA, DIEGO. Introducción al derecho, Erinia, Colombia, 2000, p. 286.
Ibidem, p. 290.
CARNEVALE, CARLOS. "El expediente electrónico", Memorias del XV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, eldial.com, Buenos Aires, 2011, p. 269.
NAVA, BRUNO. "Tribunales virtuales y expedientes electrónicos, el primer paso hacia el México del mañana", Memorias del XIV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, Fiadi, Monterrey, 2010, p. 577.
ALVES MASCARENHAS, FABIANA et al. "El uso de la videoconferencia en los procedimientos penales: los dos lados de una misma moneda", Memorias del XV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, eldial.com, Buenos Aires,2011, p. 37.
Ibidem, p. 43.
ARMENTA DEU, TERESA. Lecciones de derecho procesal penal, 2a. ed., Marcial Pons, España, p. 66; RENGEL-ROMBERG, ARISTIDES. Tratado de derecho procesal civil venezolano. Teoría general del proceso, 13a. ed., Organización Gráficas Capriles, Caracas, 2003, t. I, p. 182, y SCHORBOHM, HORST y LOSSING, NORBERT. "El proceso penal, principio acusatorio y oralidad en Alemania", Propuestas para la reforma del proceso penal venezolano, Colegio de Abogados del Estado Lara, Barquisimeto, 1995, p. 45.
MANDRIOLI, CRISANTO. Diritto processuale civile, 16a. ed., G. Giappichelli, Turín, 2004, t. I, p. 476.
SALAZAR, ROBERTO. "Principios informadores del nuevo proceso penal", en Primeras Jornadas de Derecho Procesal Penal. El Nuevo Proceso Penal, UCAB, Caracas, 2001, p. 41.
ORTELLS RAMOS, MANUEL et al. Derecho procesal. Introducción, Nomos, España, 2003, p. 304.
ALVES MASCARENHAS, FABIANA et al. op. cit., p. 43.
SCHORBOHM, HORST y LOSSING, NORBERT. op. cit., p. 51, y PUPPIO, VICENTE. Teoría general del proceso, 3a. ed., UCAB, Caracas, p. 51.
DEVIS ECHANDÍA, HERNANDO. Teoría general de la prueba judicial, 4a. ed., Dike, Bogotá, 1993, p. 129.
GARDERES, SANTIAGO. "El principio de inmediación y las nuevas tecnologías aplicadas al proceso, con especial referencia a la videoconferencia", XVII Jornadas Iberoamericanas. XI Jornadas Uruguayas de Derecho Procesal, Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, 2002, p. 744.
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de la Lengua Española, avance de la 23a. ed. [En línea]. Disponible en: http://lema.rae.es/drae/.
Idem.
Véase ALVES MASCARENHAS, FABIANA et al. op. cit., p. 44; GARDERES, SANTIAGO. op. cit., p. 74, y LANDONI, ÁNGEL. "Incidencia de las nuevas tecnologías en el proceso jurisdiccional, con especial análisis de las cuestiones referentes a la prueba, a las medidas cautelares y a la comunicaciones procesales", en XVII Jornadas Iberoamericanas..., cit., p. 678.
GARDERES, SANTIAGO. op. cit., p. 751.
Ibidem, p. 749.
Disponible en http://jca.tsj.gov.ve/.
PEASE, ALLAN y PEASE, BARBARA. El lenguaje del cuerpo, cómo interpretar a los demás a través de sus gestos, trad. de I. Murillo, Amat, Barcelona, 2006, p. 27.
MUSITU, GONZALO et al. Psicología de la comunicación humana, Lumen, Buenos Aires, 1993, p. 127.
PEASE, ALLAN y PEASE, BARBARA. op. cit., pp. 28 y 40, y MUSITU, GONZALO et al. op. cit., p. 129.
PEASE, ALLAN y PEASE, BARBARA. op. cit., pp. 36 y 39.
Ibidem, p. 41.
Ibidem, p. 44.
Ibidem, p. 43.
ROMERO, L. "Utilidad de las audiencias videograbadas en la decisión judicial a partir de los principios del juicio oral familiar en México", en ROMERO LÓPEZ, L. (coord.). Ius Informatic's, México, 2011, p. 195.
PEASE, ALLAN y PEASE, BARBARA. op. cit., p. 44.
Ibidem, pp. 48 y 52.
Ibidem, p. 44.
Ibidem, p. 106.
Ibidem, p. 116.
Ibidem, p. 111.
Ibidem, p. 112.
Ibidem, pp. 85 y 88.
Ibidem, p. 85.
RULICKI, SERGIO y CHERNY, MARTÍN. La comunicación no verbal, Granica, Buenos Aires, 2007, p. 36.
Ibidem, p. 48.
Ibidem, p. 106.
MUSITU, GONZALO et al. op. cit., p. 122; RULICKI, SERGIO y CHERNY, MARTÍN. op. cit., p. 42.
RULICKI, SERGIO y CHERNY, MARTÍN. op. cit., p. 41.
Ibidem, p. 42.
GARDERES, SANTIAGO. op. cit., p. 750.
MUSITU, GONZALO et al. op. cit., p. 177; RULICKI, SERGIO y CHERNY, MARTÍN. op. cit., p. 38.
ALVES MASCARENHAS, FABIANA et al. op. cit., p. 39 y GARDERES, SANTIAGO. op. cit., p. 756.
BARRIO, F. "La seguridad informática como requisito e imperativo procesal en la era digital", Los medios electrónicos y el derecho procesal, Universidad de Colima, Colima, 2011, p. 184.
GARDERES, SANTIAGO. op. cit., p. 756.
Ibidem, p. 756.
Ibidem, p. 752.
Ibidem, pp. 753 y 754.
PEÑARANDA, HÉCTOR. "Relación de actos procesales jurisdiccionales por Internet", Memorias del XIV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, cit., p. 626.
Número
Sección
Licencia
Revista IUS por el Centro Internacional de Estudios sobre Ley y Derecho. se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.
Autorizamos a sus colaboradores a que suban una copia de sus trabajos publicados en sus webs personales o en cualquier repositorio de acceso abierto, siempre y cuando se mencione específicamente a la Revista IUS como fuente original de procedencia, citando el año y número del ejemplar respectivo y añadiendo el enlace a la página web donde este órgano editorial puede ser consultado in toto, de manera abierta y gratuita en: http://www.revistaius.com
Las y los lectores tienen libertad para:
Compartir, copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato.
El licenciante no puede revocar estas libertades en tanto usted siga los términos de la licencia.
De acuerdo con los siguientes términos:
Atribución: El lector debe reconocer el crédito de una obra de manera adecuada, proporcionar un enlace a la licencia, e indicar si se han realizado cambios. Puede hacerlo en cualquier forma razonable, pero no de forma tal que sugiera que tiene el apoyo del licenciante o lo recibe por el uso que hace.
No comercial: El lector no puede hacer uso del material con fines comerciales.
Si remezcla, transforma o crea a partir del material, deberá difundir sus contribuciones bajo la misma licencia que el original.
Cargos por gestión de artículos
Revista IUS no cobra tarifas por recibir, procesar o publicar los artículos (Article Processing Charge [APC]) enviados por los autores.