La justicia restaurativa como uno de los fundamentos para la reparación del daño por el delito causado a la víctima u ofendido
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v14i46.2020.558Palabras clave:
Justicia restaurativa, reparación del daño, víctima u ofendido, proceso penal acusatorioResumen
La ineficacia judicial trae como consecuencia el incremento de la impunidad y el reclamo social ante la falta de la reparación del daño cometido por el delito. Ante esta situación, se reforma el sistema de justicia penal en México a uno de corte acusatorio, respetuoso de los Derechos Humanos de todos los involucrados en el drama penal.
La reforma de junio de 2008, establece diversas salidas alternas que posibilitan la resolución de conflictos de forma diferenciada, surgiendo oportunidades para reparar el daño causado por el delito mediante métodos alternativos. A esta forma de resolución de conflictos se le denomina “justicia restaurativa”, misma que tuvo sus orígenes en base a diversos movimientos sociales, que surgieron por el reclamo de la sociedad ante la ineficacia del Estado al procurar e impartir justicia, sobre todo en lo relativo a la reparación del daño causado por el delito.
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