El deber de fidelidad entre los cónyuges: daños por incumplimiento en el tratamiento de los Tribunales españoles
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v14i46.2020.511Palabras clave:
matrimonio, deberes conyugales, infidelidad, reclamación de daños, práctica de los TribunalesResumen
En este trabajo se analiza el significado actual del deber de fidelidad en el contexto del Código civil español, a la vista de su tratamiento por los tribunales.
El establecimiento de un divorcio acausal ha significado un cambio en la valoración de los deberes que incumben a los casados, no asociándose la separación o divorcio con el incumplimiento de los deberes entre ellos, especialmente el de fidelidad.
El argumento preferido por el Tribunal Supremo, consistente en negar las pretensiones de daños por infidelidad al existir una consecuencia legal específica para ello como la separación, ha perdido su valor, dejando a los jueces inmersos en una posición de incertidumbre en la que se ha ido abriendo camino una línea de resolución particular que permite el reclamo de indemnizaciones por el hecho de que se oculte al otro cónyuge la verdadera filiación de los hijos concebidos a resultas de la otra relación constante matrimonio.
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