La administración del Estado y las municipalidades en Chile*
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v7i32.2013.37Palabras clave:
Municipalismo en Chile, administración local, tipos de municipio.Resumen
Los municipios chilenos constituyen un servicio público y forman parte del Estado. No son considerados parte del gobierno, sino órganos encargados de la administración local, no obstante lo cual tienen con la administración central relaciones de subordinación y coordinación. Una reforma municipal debe considerar otorgar mayores atribuciones, según la tipología que se les asigne a los municipios y sus diferentes características.Descargas
Citas
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La redacción de este artículo quedó con el texto reproducido, después de la reforma constitucional, según el artículo 12 de la Ley No. 19.097 del 12 de noviembre de 1991.
Artículo 27, letra b, Nos. 4 y 6, Ley No. 18.695.
Artículo 13, letra c, Ley No. 18.695.
Artículo 14, inciso 3, Ley No. 18.695.
Artículo 4 del DFL No. 458.
Artículos 12 y 118 del DFL No. 458.
Artículo 37 del DFL No. 458.
Artículo 43 del DFL NO. 458. Véase FERNÁNDEZ RICHARD, JOSÉ. Derecho urbanístico chileno, 3ª ed., Editorial Jurídica de Chile, Santiago, 2012.
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Ley No. 16.288.
Leyes Nos. 19.300 y 20.417.
Artículos 51 y 52, Ley No. 18.695.
Artículo 53, Ley No. 18.695.
Artículo 54, Ley No. 18.695.
Leyes Nos. 20.568, 20.640 y 18.700.
Artículos 60 y 67, Ley No. 18.695.
Leyes Nos. 18.593 y 18.460.
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