La regulación de la filiación derivada de las técnicas de reproducción asistida en la Argentina: voluntad procreacional y consentimiento informado*
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v11i39.2017.299Palabras clave:
Técnicas de Reproducción Humana Asistida, Filiación, Voluntad Procreacional- Consentimiento InformadoResumen
En el presente artículo se profundiza sobre la experiencia argentina que regula las técnicas de reproducción humana asistida como fuente autónoma de filiación en el Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde mediados del 2015. El elemento determinante en este tipo filial es la voluntad procreacional manifestada en el consentimiento previo, informado y libre prestado ante el centro de salud,
independientemente de quién haya aportado los gametos.
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