Justificación para la concesión de beneficios de libertad anticipada
DOI:
https://doi.org/10.35487/rius.v1i19.2007.184Resumen
En la actualidad la privación de la libertad se ha convertido en la sanción más importante, cuantitativa y cualitativamente, debido a que el Estado deposita en la cárcel su acción correctiva y utiliza a la prisión frecuentemente como una de las penas de mayor importancia. Esta sanción encuentra su fundamento constitucional en el artículo 18, en donde se establece que sólo por delito que merezca pena corporal, habrá lugar a prisión preventiva; pero contrariamente también en este precepto legal se impone como obligación a la federación y a los estados, organizar el sistema penal bajo un régimen basado en el trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como principios rectores del proceso de readaptación social del delincuente. Esta norma encierra en su contenido dos finalidades que tiene que cumplir el sistema penitenciario: en primer lugar firmemente se propone readaptar, capacitar para el trabajo, educar, dignificar a la persona; y en el sentido opuesto tiene que propiciar la reparación de daños causados a las víctimas y a la sociedad, siendo esto un gran reto. En este artículo se explora la idea de la necesidad de favorecer a los sancionados por diversos delitos con la libertad anticipada y que la sociedad realice un mayor esfuerzo por su readaptación social.
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www.jornada.unam.mx./1999 /mar99/990320
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