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Red de Revistas Científicas de América Latina y el Caribe, España y Portugal
193
N
O T A
El dominio de lenguaje extra-verbal constituye un recurso importante en la competencia co-
municativa y en el éxito del desempeño de cualquier profesionista, en particular del abogado
o profesionista del derecho cuya misión es argumentar y convencer. El presente comentario
aborda diversos aspectos de la comunicación no verbal.
* * *
The command of the extra-verbal language is an important resource in communicative
competence and the success of successful performance of any professional, particularly a
lawyer or legal profession whose mission is to argue and convince. This review addresses
various aspects of non-verbal communication.
* * *
*
Profesora en la Universidad de Camagüey, Cuba.
(
alisvech.aguila@redu.edu.cu
).
Consideraciones acerca
de la importancia del
empleo del lenguaje
no verbal para el exitoso
desempeño profesional
del jurista /
Considerations
about the importance
of using non-verbal language
for a successful professional
performance of the law
professional
Alisvech Aguila Carralero*
P
ara los profesionales del derecho, el
empleo consciente del
lenguaje no
verbal
, así como la utilización e inter-
pretación de sus elementos, determina
la
competencia
comunicativa
que de-
ben exhibir en el ejercicio y calidad de
las funciones esenciales que desempe-
ñan a diario.
El profesional de las ciencias jurídi-
cas, en correspondencia con su perfil de
egreso, debe tener en cuenta las exigen-
cias de un mundo cada vez más con-
vulso y matizado por los cambios fre-
cuentes y acelerados que llevan como
epicentro las comunicaciones. Tales
cambios afectan la manera en que los
seres humanos intercambian informa-
ción diariamente, lo que contrasta con
la realidad jurídica actual, la que conti-
núa su ejercicio sobre la base tradicional
de la comunicación humana, frecuen-
temente cara a cara y con el empleo de
la voz. Esta profesión, aun cuando la
era del Internet lucha por imponerse, se
sostiene sobre los fundamentales prin-
cipios que caracterizan a los sistemas
de enjuiciar tradicionales, acusatorio e
inquisitivo, en ambos sustentando ac-
tuaciones mediante el discurso oral o
escrito. En este sentido, no son pocos
los países que utilizan el primero, en el
que prevalece la oralidad y por ende la
rapidez de las actuaciones.
194
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REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA
Todo lo anterior nos lleva hacia la
necesidad de que los operadores del de-
recho posean un adecuado desarrollo de
la competencia comunicativa oral, en-
tendida ésta, en un sentido restrictivo,
como una adecuada oratoria o arte de
convencer a los jueces. Los seguidores
de este criterio consideran que median-
te la actuación durante el juicio oral,
en la que —amparados por el derecho
constitucional que posee toda persona
a la defensa— se representan los intere-
ses del cliente, se llega al momento en
el cual tal competencia alcanza uno de
sus niveles más altos.
En un sentido más amplio —con el
cual coincidimos totalmente—, la com-
petencia comunicativa oral, y de mane-
ra particular
1
para los profesionales del
derecho, se asume como el dominio de
una cultura comunicativa que favorece
la conjugación consciente de elemen-
tos verbales y no verbales de la comu-
nicación, de habilidades, capacidades y
valores, que les permita educar y resol-
ver situaciones jurídicas con adecuado
desenvolvimiento, en las múltiples si-
tuaciones comunicativas que de ellas se
derivan.
2
Teniendo en cuenta los criterios an-
tes expresados, creemos importante
significar primeramente que, aunque
las ciencias jurídicas poseen una amplia
1
A
G U I L A
C
A R R A L E R O
, Alisvech,
Metodología para el desa-
rrollo de la competencia comunicativa desde lo para
linguístico en estudiantes de la carrera de derecho
, tesis
doctoral, Camaguey, 2007. Esta autora particulariza la
definición en el ejercicio de la profesión del jurista, de-
bido a que no pocas investigaciones abordan tal defini-
ción desde otras especialidades, tales como la psicología
y la lingüística.
2
Ibidem
, p. 59.
historia que sustenta los criterios acerca
de la oratoria forense, en nuestra opi-
nión, las labores que asume el jurista
contemporáneo trascienden sus límites;
por tal motivo defendemos la idea de
que debe hablarse en términos de de-
sarrollo de competencia comunicativa
como expresión más amplia que permi-
te hacer referencia a todos los perfiles
profesionales del jurista y no circunscri-
birlo exclusivamente al acto del juicio
oral. Por otro lado, debe considerarse la
complejidad de los variados contextos
en que tiene lugar su ejercicio profesio-
nal y la diversidad de receptores con los
que se comunica.
De esta manera, hacer que las perso-
nas que constantemente se relacionan
con los juristas comprendan y crean en
lo que ellos necesitan exponer, mostrar
o probar, no resulta sencillo, más aún
cuando este público es muy heterogé-
neo respecto a niveles culturales, eda-
des, profesiones, etcétera. Además, su
actuar entraña una elevada responsabi-
lidad y tiene que ser capaz de polarizar
criterios, actitudes, aclarar contenidos,
educar, orientar, defender, convencer,
argumentar y hasta movilizar multitudes
en relación con lo que expone. Todo lo
anterior es difícil de lograr sin un ade-
cuado desarrollo de la competencia co-
municativa, sustentada en gran medida
en la armonización entre el empleo del
lenguaje verbal y no-verbal de manera
consciente (como antes expresamos).
La aprehensión de conocimientos, el
desarrollo de habilidades y valores nece-
sarios para identificarnos como un juris-
ta buen comunicador han sido incluidas
parcialmente en el currículum de varias
195
NOTA
universidades del mundo, ya sea para
la enseñanza del pregrado como para
la del cuarto nivel, pero referidas a la
oratoria forense de forma exclusiva. Sin
embargo, es notable la idea de que ésta
no constituye una de las áreas priori-
tarias para formar al profesional de la
mencionada carrera, y en consonancia
con ello es un asunto poco estudiado.
Generalmente, las personas que eli-
gen ejercer el derecho poseen facilidades
para hablar en público; sin embargo, no
es frecuente que conozcan cómo em-
plear de forma intencionada la ento-
nación, las pausas, la gestualidad y, al
propio tiempo, interpretar todas estas
señales emitidas por aquellos con los
que se relacionan. De allí la necesidad
de incluir entre nuestras prioridades el
conocimiento acerca de la no verba-
lidad y el cómo educarla para tener
mayor éxito en la comunicación con
nuestros clientes y colegas. El uso de
manera intencionada de tales elementos
no verbales, en calidad de herramientas
de trabajo, puede lograr que el abogado
transmita confianza, interés, valor, etcé-
tera, que para los que tienen en juego
su vida o su libertad, o la defensa de
sus derechos o los de sus familiares, son
fundamentales.
La comunicación no verbal como
subsistema de la competencia comuni-
cativa representa un aspecto importante
en la conducta expresiva del hombre.
Aporta información valiosa en la co-
municación interpersonal y constituye
además una expresión muy genuina de
la persona, porque es espontánea y difí-
cil de controlar, es mayormente incons-
ciente, lo que no excluye la posibilidad
de que puedan realizarse acciones en-
caminadas a su uso para reforzar cier-
tas expresiones verbales o contenidos
de manera intencional, pero esto sólo
se logra por aquellas personas que son
entrenadas para ello.
Un criterio de gran importancia que
constituye esencialmente el fundamen-
to teórico más relevante para nuestras
valoraciones, está relacionado con el
investigador y lingüista Fernando P
O
-
Y A T O S
,
3
que expuso la triple estructura
básica de la comunicación y tuvo en
cuenta la inseparabilidad de tres de sus
componentes: lenguaje, paralenguaje y
kinésica; planteamiento que sustenta
que cada vez que una persona emite un
enunciado verbal, ambos componentes
no verbales se ponen automáticamente
en funcionamiento.
4
Es importante precisar, además, que
factores como la cultura, la profesión,
entre otros, determinan los códigos de
la comunicación en un determinado
territorio, aunque existen algunos que
varían poco de una cultura a otra. En la
comunicación establecida mediante la ex-
presión no verbal, los códigos son muy
complejos, diversos y mayormente in-
conscientes, lo que supone una mayor
dificultad para su interpretación. Ade-
más ocurren como haces de señales que
deben ser valorados en conjunto para
poder entenderlos adecuadamente, lo
que supone que en la interacción de
sus componentes se vislumbra mejor su
importancia.
3
P
O Y A T O S
, F.,
El acto de lectura: su realidad verbal y no
verbal
, Iria Flavia, 1997.
4
P
O Y A T O S
, F.,
La comunicación no verbal
, Barcelona, Ist-
mo, 1994, p. 28.
196
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Dentro del subsistema comunicación
no verbal, según el criterio de la doctora
R
E Y
B
E N G U R Í A
,
5
se encuentran los elemen-
tos siguientes:
— Kinésica.
— Medio ambiente.
— Sistemas sensoriales preferidos.
— Señales fisiológicas.
— Paralingüística.
La
kinésica
, de acuerdo con la defini-
ción aportada por Fernando P
O Y A T O S
, son
los movimientos y posiciones de base
psicomuscular conscientes o incons-
cientes, aprendidos o somatogénicos, de
percepción visual, audiovisual y táctil o
cinestésica que, aislados o combinados
con la estructura lingüística y paralin-
güística y con otros sistemas somáticos
y objetales, poseen valor comunicativo,
intencionado o no.
6
En la definición anterior, el autor pri-
mero alude que la kinésica “indica” mo-
vimiento y deja entrever su concepción
sobre la unidad entre estos elementos
kinestésicos y los paralingüísticos como
estructuras inseparables (anteriormente
comentado). Debemos añadir que el es-
tudio de la kinésica se ha hecho aislan-
do cada uno de los posibles ámbitos de
este comportamiento y sus expresiones
comunicativas. Así que las principales
fuentes estudiadas han sido: contac-
to físico, gestos, expresiones faciales y
corporales, las posturas, la mirada y la
5
R
E Y
B
E N G U R Í A
, Carmen,
Modelo pedagógico para la for-
mación del subsistema no verbal de la competencia co-
municativa de los docentes de la educación preescolar
,
tesis de doctorado, Ciego de Ávila, 2006.
6
P
O Y A T O S
, F.,
El acto de lectura: su realidad verbal y no
verbal
,
cit
.
sonrisa, entre los que se establece una
estrecha relación y al producirse cambio
en uno se afecta el resto; son, por tan-
to, interdependientes.
Este elemento es importante en cada
uno de los roles a desempeñar por el
profesional del derecho, debido a que
un empleo exagerado en los gestos (ya
sea con las manos o con la expresión
facial) a utilizar durante su intervención
en los escenarios en los que ejerce su la-
bor, no sólo muestra falta de elegancia
y cultura o respeto, sino que también
puede ser mal interpretado por su inter-
locutor o auditorio, en tanto transmite
nerviosismo o inseguridad, lo que afec-
taría de manera negativa el éxito de su
intervención.
A la mirada por sí sola se le atribuye
un importantísimo papel en la percep-
ción y expresión del mundo psicológi-
co del otro y de nosotros mismos. Ella
permite valorar diferentes aspectos, en-
tre los más relevantes se encuentran:
la dilatación de las pupilas, el número
de veces que se parpadea por minuto y
el contacto ocular. Cada uno de estos
elementos posee una importancia vital
para el jurista porque no sólo puede
transmitir determinado mensaje con el
empleo consciente de ellos, sino que
puede advertir de la persona con la que
se comunica rasgos de su personalidad
o incluso si está mintiendo (según la di-
rección de la mirada).
El
medio ambiente
es uno de los ele-
mentos no verbales más amplios y di-
versos que se conocen. Es muy especial,
puesto que en él se incluyen múltiples
componentes que interaccionan con el
sujeto constantemente y que no se en-
197
NOTA
cuentran o dependen propiamente del
mismo. Dentro de ellos se encuentran:
la imagen que proyecta, el territorio que
se considera propio, la distancia a la
que se comunica, artefactos y objetos,
y las dimensiones espaciales, todos ellos
relacionados con la proxémica u orga-
nización espacial. También se incluye la
percepción del tiempo de que se dispone
(cronémica), así como las características
del entorno (color e iluminación) en que
se mueve, que influyen en el individuo y
en su comunicación con los demás. Este
último elemento, muy connotado en re-
lación con las normas de protección e
higiene del trabajo.
En este caso debemos comentar que
la ubicación de los muebles es de gran
relevancia para la comunicación con
nuestro cliente, sobre todo si necesi-
tamos que confíe en la profesionalidad
del servicio que le brindamos; para ello
es preciso que no existan muebles en-
tre ellos y nosotros a la hora de lograr
acuerdos, o que las sillas estén a la mis-
ma altura, todo lo cual varía si, por el
contrario, queremos mostrar autoridad
o dominación. Por otra parte, si se mira
constantemente el reloj se percibe gran
ansiedad y puede llevarnos a un fracaso
en la comunicación o a interpretar que
nuestro interlocutor desea salirse del
asunto o que nos oculta información.
De igual manera, un espacio agradable,
debidamente iluminado y cómodo hace
que la espera, la conversación o nego-
ciación tengan mejores resultados.
Los
sistemas sensoriales preferidos
es uno de los elementos más controver-
tidos entre los especialistas, puesto que
pocos lo aceptan como un subsistema
propiamente dicho. La doctora R
E Y
B
E N
-
G U R Í A
plantea que se relaciona con los
canales para la comunicación,
7
y se ma-
nifiesta cuando una persona ha desarro-
llado un tipo de representación mayor
con respecto a uno, en detrimento del
resto, y tiende a utilizarlo de manera
habitual. Aunque debe significarse que
pueden ser (y de hecho son) utilizados
los tres canales: el auditivo, el visual y el
kinestésico; es decir, constituyen la vía
a través de la cual los sujetos de la co-
municación perciben e interpretan los
mensajes que son emitidos consciente
e inconscientemente. Tales elementos
se identifican generalmente mediante
las palabras que preferencialmente em-
pleamos para comunicarnos. Los ver-
bos y adjetivos con los que las personas
describen sus experiencias y construyen
su actividad afectiva y cognitiva son un
indicador de los canales preferidos que
utilizan.
Reconocer nuestro canal preferido y
el de las personas con las que necesita-
mos comunicarnos es importantísimo.
Para los profesionales del derecho es vi-
tal su identificación en los demás y en
ellos, porque así aseguran el éxito en los
interrogatorios y en general en la comu-
nicación con otros. Por ejemplo, si un
abogado de defensa necesita extraer de
un testigo cierta información que para
la investigación es relevante, requiere
conocer por qué canal “prefiere”
8
co-
municarse, y en dependencia de ello se-
leccionará las palabras adecuadas para
7
R
E Y
B
E N G U R Í A
, Carmen,
op. cit
.
8
Aunque empleamos esta palabra, debemos señalar
que esta preferencia es inconsciente; es decir, las perso-
nas no eligen el canal de percepción a utilizar.
198
IUS 25
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que exista una mejor comprensión de
su pretensión.
El
fisiológico
. Para explicar este com-
ponente de la comunicación no verbal es
preciso recordar que el sistema nervioso
realiza entre sus funciones la de regular
y coordinar el funcionamiento del or-
ganismo como un todo. De esta manera
acopia, procesa, almacena, transforma
información y la utiliza. Estas funcio-
nes se manifiestan en los seres humanos
cuando se produce una interacción del
hombre con el medio que lo circunda.
Allí se originan cambios en el metabo-
lismo corporal de éste y emite señales
que el interlocutor capta con relativa
facilidad y que se expresan a través
de emociones, actitudes y estados que
está viviendo el sujeto en ese instante y
pueden percibirse como mensajes que
llegan al otro sujeto como información,
por ejemplo: cambios en la tonalidad
del color de la piel, temblores, sudo-
raciones, dilatación-contracción de las
pupilas, entre otros que pueden ser per-
cibidos por los juristas en su actuación,
e interpretarlos en función del trabajo
que realizan.
La
paralingüística
se reconoce como
modalidad de comunicación no verbal
que atañe al cómo se dice; es vocal, fó-
nica, sonora y se expresa mediante la
calidad de la voz y diversos tipos de vo-
calizaciones o ausencia de éstas. Incluye,
según Fernando
P
O Y A T O S
:
9
a) La calidad de la voz (cualidades vocales
no verbales: tono, timbre, volumen,
9
P
O Y A T O S
, F.,
El acto de lectura: su realidad verbal y no
verbal
,
cit
.
ritmo, etcétera, y sus modificadores):
cualidades primarias y secundarias.
b) Los diferenciadores, sonidos fisio-
lógicos o emocionales (reacciones):
la risa, el llanto, el bostezo, el ron-
quido, el jadeo, la tos, el carraspeo,
el estornudo, el hipo, el eructo, el
castañeo de dientes, las flatulencias,
entre otros.
c) Los elementos cuasiléxicos o alter-
nantes paralingüísticos: interjec-
ciones, onomatopeyas y emisiones
sonoras con nombre propio pero sin
grafía, y otros sonidos carentes de
nombre y grafía, con valor comuni-
cativo relevante.
d) La ausencia de sonidos: pausas y si-
lencios.
Los parámetros paralingüísticos forman
parte del discurso oral. Éstos enriquecen
las conversaciones y son parte esencial
de la comunicación. Sin embargo, el pa-
ralenguaje también está presente en el
discurso escrito, aunque de una forma
más limitada.
En sentido general, el paralengua-
je constituye uno de los componentes
más complejos del subsistema no verbal
de la competencia comunicativa. Com-
plejidad que radica esencialmente en la
multivocidad y dispersión criterial en-
contrada en la escasa bibliografía que la
contempla. Sin embargo, compartimos
los criterios de Isabel A
N T Ú N E Z
y Fernan-
do P
O Y A T O S
antes expuestos.
El prestigioso jurista español Javier
P
É R E Z
R
O Y O
10
planteó que la mayor difi-
10
P
É R E Z
R
O Y O
, Javier,
Curso de derecho constitucional
,
Madrid, Marcial Pons, 1997, p. 18.
199
NOTA
cultad del estudio del derecho radica en
buena medida en el buen uso de la pa-
labra. Además refiere que “en el ejercicio
del derecho no se necesitan ni reactivos
químicos ni microscopios […] ni nada.
Solamente la palabra. Pero con la pala-
bra hay que alcanzar la misma precisión
que con los reactivos químicos […]”. És-
te es el reto ante el que se encuentra el
jurista, y de ahí que en aprender a hacer
uso correcto de ella consista buena par-
te de su proceso de aprendizaje.
El lenguaje no verbal influye directa-
mente en la percepción de las personas
al comunicarse entre sí. Ésta depende
en gran medida de la manera en que
directa o indirectamente, consciente o
inconscientemente, llegan los mensajes
que se transmiten con la apariencia per-
sonal, posturas, expresiones del rostro,
las miradas, movimientos de las manos
y gestos en conjunto, todo lo que puede
descalificar o afirmar lo que se dice con
palabras. De esta forma, en el actuar del
jurista es tan importante saber estructu-
rar el discurso como conjugar elemen-
tos no verbales en función de enfatizar
en las cuestiones sobre las que necesita
llamar la atención. Así se manifiesta la
necesidad de manejar eficientemente
tanto lo verbal como lo no verbal. Este
profesional debe ser consciente de que
todo en su cuerpo “habla”.
Para un contexto jurídico específico,
la palabra por sí sola no posee el mismo
valor que cuando se le imprime ritmo,
entonación, volumen; allí es cuando ella
adquiere verdadero significado, porque
es tan importante el cómo se dice que
lo que se dice, por lo que es importante
dedicarle unas líneas a la percepción de
los signos no verbales, aunque haremos
una especial referencia a los paralin-
güísticos.
Si bien hemos planteado ya que los
signos no verbales se emiten y se reci-
ben como haces de señales, no podemos
aplaudir que los juristas las interpreten
por separado en su comunicación dia-
ria. Para ello es preciso que aprendan a
discriminar cuáles resultan significativas
para un entorno jurídico. Para lograr
este acto debe poseer de antemano un
conocimiento general sobre las cualida-
des, necesidades, credos, cosmovisión,
aspiraciones y valores del otro sujeto con
quien o quienes establecerá comunica-
ción. Tales sujetos varían en dependen-
cia de los perfiles a desempeñar y los
contextos en que se desarrolle la rela-
ción comunicativa: abogado-fiscal, abo-
gado-cliente, juez-abogado, juez-fiscal,
fiscal-acusado, por sólo mencionar al-
gunas. Las pautas a significar también
pueden percibirse de manera diferente
porque los sujetos difieren en las repre-
sentaciones internas que conforman la
experiencia interior y que se manifiestan
mediante el acto de la comunicación a
través de las cualidades vocales, el com-
portamiento, la gestualidad, etcétera.
En este sentido, es preciso considerar
las siguientes cuestiones: la habilidad
para la escucha, la habilidad para inter-
pretar mensajes y la metacognición.
1)
Habilidad para escuchar
. Como
la paralingüística trae aparejada la co-
municación mediante sonidos, y que
pueden manifestarse múltiples elemen-
tos en conjunto como la entonación
200
IUS 25
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VERANO
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o de manera aislada como un suspiro,
es necesario desarrollar determinada
habilidad para que se tenga una clara
percepción de lo que se escucha. La
habilidad para escuchar comienza su
formación de manera empírica en eda-
des tempranas, y se va consolidando y
perfeccionando hasta que se hace cons-
ciente. Presupone que el sujeto se invo-
lucre afectiva y emocionalmente en la
interacción comunicativa.
Para los profesionales del derecho,
éste constituye un aspecto medular en
su trabajo cotidiano, debido a que el
jurista en las relaciones comunicativas
que establece no sólo se comporta como
emisor sino que, dada la bilateralidad
del proceso comunicativo, también se
manifiesta como receptor. Este profe-
sional constantemente persigue infor-
mación que no llega sólo a través de
las palabras, sino también mediante las
cualidades vocales como la entonación
o ritmo del habla de sus interlocutores,
las que utiliza para explicar, argumentar
y sustentar sus criterios.
2)
Habilidad para interpretar men-
sajes
. La interpretación está imbricada
en toda percepción de una situación vi-
tal o social, como lo es, en este caso, la
de los seres humanos. Esta habilidad se
logra en el proceso mediante el cual se
aprende a “leer” los sonidos en las res-
puestas paralingüísticas de los sujetos
interactuantes, así como la gestualidad,
la forma de vestirse, las señales fisio-
lógicas, etcétera, empleadas de forma
consciente o no, relacionando lo que se
escucha o se ve con los recuerdos, mo-
tivos internos, de manera que el sujeto
identifique o haga sus valoraciones.
En este sentido debe tenerse cuida-
do, porque desarrollar la habilidad de
interpretar lo que el otro ha querido
decir es muy difícil. En el afán de que-
rer hacer consciente cada sonido o cada
gesto pueden cometerse errores fatales.
Por ello es necesario ser muy cauto en
cualquier interpretación. La comunica-
ción humana es extremadamente com-
pleja, y en este caso se tiene la tendencia
de no oír o no ver lo que no se quiere.
Lo que tratamos de significar es que en
esta discriminación de sonidos, gestos u
otras señales se corre el riesgo de perder
información valiosa. Esta habilidad tie-
ne que ver con la agudeza sensorial de
reconocer y descubrir pistas sutiles.
La habilidad de interpretar en un sen-
tido más amplio comprende los men-
sajes de manera global, posee una alta
selectividad y una elevada carga subjeti-
va. En ella intervienen supuestos perso-
nales y una alta cosmovisión. El sujeto,
en la interpretación que realiza de lo que
ve (gestualidad) y escucha (voz), impli-
ca todo un conjunto de valoraciones
personales sobre lo que es positivo o
negativo. Debe tomarse conciencia de
las posibilidades de tergiversación de los
mensajes y de los contextos particulares
en los que se da el acto comunicativo.
Otro aspecto relevante en relación con
esta habilidad son los procesos de codifi-
cación y decodificación de los mensajes
percibidos, lo que determina sin dudas la
correcta interpretación. Es válido aclarar
que en el ejercicio del derecho, como
en otras profesiones, existe un sistema
de códigos interesantes y peculiares
que sólo alcanzan significación para los
juristas y para los demás sujetos que
201
NOTA
interactúan con ellos en determinadas
circunstancias.
3)
Metacognición
. El término se ha
definido como el conocimiento de sí, el
autoconocimiento o autoconciencia. Se
considera como una de las funciones
más importantes de la personalidad, en
su carácter regulador. Compartimos el
criterio de Rogelio
B
E R M Ú D E Z
11
acerca de
que la metacognición permite el perfec-
cionamiento de la ejecución del sujeto
y el autoperfeccionamiento de la per-
sonalidad. Esto le confiere a dicha fun-
ción una importancia trascendental en
relación con la identificación de pautas
significativas de la no verbalidad en el
contexto jurídico.
Consideramos que en la medida en
que el sujeto se autoconozca puede de-
limitar lo que para él constituyen poten-
cialidades y debilidades, y sobre esta
base puede reforzar determinados as-
pectos en función de la comunicación.
Además, se piensa que es posible incidir
en el éxito de la comunicación a par-
tir de la disposición psicológica favo-
rable del jurista para dar tratamiento a
los aspectos negativos que interfieran
el acto comunicativo desde sus roles a
desempeñar.
Cuando se logra dominar y poner en
acción lo que hasta ahora hemos expli-
cado, sin duda se obtiene una adecua-
da sintonía comunicativa, lo cual está
en la base del desarrollo de la compe-
tencia comunicativa. Esta sintonía alude
a una comunicación efectiva estableci-
da a partir de un verdadero intercambio,
del diálogo, donde el jurista asume un
11
Citado por A
G U I L A
C
A R R A L E R O
, Alisvech,
op. cit
.
estilo comunicativo flexible, porque de
ello depende en gran medida la con-
gruencia entre lo que expresa y cómo lo
expresa y la manera en que se percibe.
En este momento se logra alcanzar
la plena correspondencia entre:
a) Las aspiraciones sociales y las aspira-
ciones subjetivas.
b) El ser y el pensar, es decir, entre las
creencias y valoraciones internas y
los comportamientos del sujeto du-
rante el proceso comunicativo.
c) El lenguaje verbal y no verbal, que
incluye y pondera la relación entre
lo que se dice y cómo se dice, puesto
que en ello se basa en ocasiones la
verdadera esencia de un mensaje.
Por ello, para lograrlo debe tenerse en
cuenta:
Interés subyacente del mensaje (es la
coherencia entre el qué y para qué
se dice algo).
Adecuación de las cualidades de la voz
al contenido del mensaje (cómo).
Adaptación del estilo del habla y el
ritmo de la conversación a la situa-
ción concreta.
Empleo de manera combinada de la
entonación, las pausas, el ritmo y el
volumen adecuados para significar
el mensaje.
Autoconocimiento del jurista como
perceptor.
Percepción sistémica y adecuada de
las señales no verbales emitidas por
el emisor.
Interpretación adecuada del mensaje,
coherente con la situación concreta.
202
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Adecuación a los diferentes contex-
tos y situaciones comunicativas de-
rivadas de los diversos modos de
actuación del jurista.
La empatía —aunque no se considera un
elemento de la no verbalidad— es otro
aspecto que se relaciona con lo que he-
mos venido tratando, debido a que ha
sido considerada como la capacidad que
poseen los sujetos de situarse en el lu-
gar del otro ante determinadas situa-
ciones comunicativas. Esto le permite
al individuo anticipar, comprender y
experimentar el punto de vista de las
personas con las que interactúa, lo cual
infiere tener respuestas subjetivas-cog-
nitivas relacionadas con la visión del
reflejo psicológico interno de la perso-
na con quien se comunica, y de otra
parte las afectivas, ya que refleja un re-
conocimiento de la reacción emocional
por parte del individuo que observa las
experiencias ajenas, y en consecuencia
ayuda a la interpretación de las señales
no verbales en correspondencia con los
estados emocionales del otro.
Consideramos que la empatía tiene
un elevado carácter subjetivo y situa-
cional, porque depende tanto del indi-
viduo que la manifiesta como de la si-
tuación que la provoca. En ella posee un
espacio relevante el autoconocimiento y
la percepción de los mensajes emitidos
por el receptor-perceptor, en los que se
involucra su mundo interno en cuanto
al reconocimiento de valores, actitudes,
recuerdos y creencias en la situación,
que se refleja en el acto de comunica-
ción concreto, así como el reflejo de las
mismas en la correcta interpretación de
la información obtenida.
Finalmente, podemos concluir que
las relaciones que se establecen entre el
lenguaje verbal y no verbal como subsis-
temas que integran la competencia co-
municativa y el impacto de ambos en el
desempeño profesional del jurista, con-
siderándose la unidad que se establece
entre significado y sentido evidenciado
en el componente paralingüístico de la
comunicación, facilita la realización de
las funciones históricamente heredadas
por su profesión: representar intereses
privados o públicos, defender a los acu-
sados, orientar, prevenir y educar jurídi-
camente a la sociedad.
Una adecuada competencia comu-
nicativa en los profesionales del dere-
cho integra el dominio de una cultura
comunicativa referida a los elementos
no verbales de la comunicación y a la
perceptibilidad de pautas significativas
para el contexto jurídico, lo que se ma-
terializa —al propio tiempo— en el ade-
cuado manejo del complejo entramado
de emisión, recepción e interpretación
de elementos no verbales de la comu-
nicación, que coadyuva a una eficiente
sintonía comunicativa.
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