120
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
IUS
AMÉRICA LATINA:
DERECHOS SOCIALES Y DESARROLLO
Dr. Luis T. Díaz Müller*
S
UMARIO
:
I
NTRODUCCIÓN
I
. L
OS
DERECHOS
SOCIALES
EN
LA
ÉPOCA
DE
B
ISMARCK
II
. L
A
PRIMERA
GUERRA
MUNDIAL
Y
EL
CONSTITUCIONALISMO
SOCIAL
III
. L
A
SEGUNDA
GUERRA
Y
LAS
N
ACIONES
U
NIDAS
IV
. M
ODERNIDAD
Y
DERECHOS
SOCIALES
V
. E
L
E
STADO
DE
BIENESTAR
Y
EL
NEOLIBERALISMO
VI
. L
A
BRUMA
DE
LA
GUERRA
FRÍA
Y
LOS
DERECHOS
SOCIALES
VII
. G
LOBALIZACIÓN
Y
DERECHOS
HUMANOS
VIII
. D
ERECHOS
SOCIALES
: ¿
RUMBO
A
LA
POSMODERNIDAD
?
I
NTRODUCCIÓN
La discusión sobre los derechos sociales y el desarrollo de América Latina
recorre estas líneas.
Mucho, bueno y de lo otro, se ha escrito sobre el subdesarrollo de Amé-
rica Latina. Desde las formulaciones de la
CEPAL
(Prebish, 1949) hasta el
retorno al debate sobre el papel del Estado y el mercado en la complejidad
de la globalización.
Como un tema particular, y no menos importante, apareció y aparece la
discusión sobre la integración latinoamericana desde el Tratado de Monte-
video y la
ALALC
(marzo, 1960) hasta la propuesta del
ALCA
y del
ALBA
. Estos
últimos proyectos, diametralmente opuestos, se plantean en el escenario
cada día más interdependiente y complejo de la globalización neoliberal
y del surgimiento de un neoprogresismo regional (Kirchner, Evo Morales,
Lula da Silva, Hugo Chávez).
* Profesor-investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
UNAM
. Profesor de la División de
Estudios Superiores de la Facultad de Derecho de la
UNAM
. Exprofesor de El Colegio de México y del
Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile. Investigador nacional de México.
121
IUS
|
Invierno 2006 - 2007
El impacto de la globalización neoliberal sobre los derechos sociales es
de tal magnitud que,
ceteris paribus
, es posible plantear que provocó un
desmontaje del Estado de bienestar, tan propio de décadas anteriores.
1[1]
En
términos más precisos, puede escribirse que la región latinoamericana ha
transitado de un modelo benefactor-industrializador a un proceso de crea-
ción de un Estado liberal, regulador y privatizado, con fuertes tendencias
de apertura hacia la globalización.
El Estado latinoamericano, inerme, quedó desprovisto de aquella “feliz
hegemonía” de los años sesenta, y el proceso de industrialización lanzó
por la borda sus intentos de igualdad y vigencia de los derechos sociales
(salud, educación, vivienda, trabajo, seguridad social),
2
el Estado, como un
“ogro filantrópico”, fue el principal agente de estos derechos.
Este trabajo tiene tres propósitos principales: a) describir la evolución
de los derechos sociales a través de sus hitos principales; b) vincular los
derechos sociales a la temática del desarrollo; c) analizar la ubicación de
los derechos sociales en el marco de los diferentes escenarios internacio-
nales (guerra fría, globalización). Estos criterios improntan los diversos
apartados de este ensayo.
I
. L
OS
DERECHOS
SOCIALES
EN
LA
ÉPOCA
DE
B
ISMARCK
:
EL
SUEÑO
DE
LA
HISTORIA
El sueño de la historia, como reza el título de un libro de Jorge Edwards,
consistió en edificar un Estado, producto de la unificación alemana poste-
rior a la guerra austro-prusiana, de fuerte carácter corporativo (1870-1871)
e intervencionista.
Las mismas exigencias de una Alemania que llegó tarde al reparto
europeo de la Santa Alianza (1815) permitió que el Estado corporativo
planteara la vigencia de los derechos sociales y el reconocimiento del su-
fragio universal, mediante la formulación de la “vía junker” de desarrollo
(Otton von Bismarck).
Fue un tiempo de grandes modificaciones del mapa mundial. Una Ale-
mania unificada pondría fin al intento francés de dominar
la Europa Cen-
tral. Bismarck, adelantándose a su época, creó un sistema de beneficencia
social que duró más de medio siglo.
1
Cfr. Jaime Ros,
La teoría del desarrollo y la economía del crecimiento
,
CIDE
/
FCE
, México, 2004.
2
Cfr. Osvaldo Suntel y Pedro Paz,
El subdesarrollo latinoamericano y la teoría del desarrollo
, Siglo
XXI
, México, 1979.
122
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
La
realpolitik
, basada en el equilibrio de poder, el interés nacional y el
realismo, permitió el reforzamiento de un Estado fuertemente centralizado
y corporativo, lo que permitió “otorgar” derechos sociales básicos. Los dere-
chos sociales otorgados por Bismarck sirvieron de sustento para la aproba-
ción de las políticas sociales posteriores a la primera guerra mundial.
En este sentido, el gobierno de Bismarck fue pionero en materia social.
El propio Bismarck fue la figura dominante de la diplomacia europea hasta
1890. La Welpolitik o política global permitió el resurgimiento alemán,
apoyado en su capital financiero y, a la postre, fue uno de los factores del
estallido de la
guerra mundial.
II
. L
A
PRIMERA
GUERRA
MUNDIAL
Y
EL
CONSTITUCIONALISMO
SOCIAL
Con el término de la primera guerra mundial observamos una mayor legi-
timidad en torno al tema de los derechos humanos. Aparecen con claridad
tres grandes instrumentos internacionales: el Tratado de Versalles (1919);
la Liga de las Naciones, del mismo año; la Oficina Internacional del Tra-
bajo, también de 1919.
El Tratado de Versalles, por principio de cuentas, pone fin a la primera
guerra. Incluyendo el tema de las reparaciones de guerra que, a la larga,
sería la víspera del rearme alemán y del estallido de la segunda guerra
mundial.
La Liga de las Naciones,
3
por su parte, consistió en una organización
con vocación universal, antecedente inmediato de la Organización de las
Naciones Unidas (
ONU
), la cual quedaría paralizada al no poder impedir la
irrupción de la segunda guerra, en 1939.
La Oficina Internacional del Trabajo, a su vez, se constituyó en el an-
tecedente de la actual Organización Internacional del Trabajo (
OIT
), creada
por la Declaración de Filadelfia (1944).
Estas declaraciones internacionales en materia de derechos sociales se
relacionan con los “Catorce puntos para la paz”, planteados por el presi-
dente W. Wilson para poner fin a la guerra. En este sentido, es menester
destacar el principio de autodeterminación y derechos de las minorías,
asunto que tendría una enorme repercusión al discutirse las nociones de
“pueblo”, “nación” y derechos de las minorías y comunidades indígenas.
4
3
Ver Luis T. Díaz Müller,
América Latina. Relaciones internacionales y derechos humanos
,
FCE
,
México, 1991.
4
Ver Francisco Capotorti,
Study on the Rights of Persons Belonginy to Ethnic, Religions, and Lin-
123
IUS
|
Invierno 2006 - 2007
Especialmente, con la aprobación del Pacto de Derechos Económicos, So-
ciales y Culturales (Pidesc, 1966), en que se pasa de la protección indivi-
dual de derechos humanos, a la protección de grupos vulnerables; podrían
ubicarse en lo que se llama “derechos humanos emergentes”. Las minorías
como sujetos del derecho internacional.
Asimismo, la doctrina del constitucionalismo social, dirigida por Leon
Duguit, dio paso al reconocimiento y protección de la función social de
la propiedad y de la noción de “interés social”
como eje fundamental de
los derechos sociales. El constitucionalismo social formuló jurídicamente
los derechos sociales planteando una “obligación de hacer” por parte del
Estado: una obligación de intervenir para satisfacer derechos colectivos.
Ciertamente, el derecho a la salud, la vivienda, la educación, la seguri-
dad social, el trabajo, también fueron reconocidos en el plano nacional: es
el caso pionero de la Constitución mexicana de Querétaro (5 de febrero de
1917) y la Constitución alemana de Weimar (agosto de 1919) que consa-
graron en los planos nacionales los derechos sociales más importantes.
III
. L
A
SEGUNDA
GUERRA
Y
LAS
N
ACIONES
U
NIDAS
Con el triunfo de los países aliados, se aprobó un nuevo estatuto universal,
denominado Carta de las Naciones Unidas (24 de octubre de 1945).
5
La Carta de la
ONU
perseguía tres propósitos principales: mantención de
la paz y seguridad, protección y promoción de los derechos humanos, y
cooperación para el desarrollo
(art. 55 de la Carta).
En materia de derechos sociales, la Carta es magra en el reconocimiento
y protección de éstos. El mejor indicio sería el tema del desarrollo, que
permitió que las Naciones Unidas crearan muchas organizaciones especia-
lizadas de excelente nivel sobre esta materia:
UNCTAD
,
PNUD
,
CEPAL
.
Sostengo que es la Declaración Universal de Derechos Humanos (10 de
diciembre de 1948), el instrumento que reconoció con mayor claridad los
derechos sociales.
El artículo 25 de la declaración de 1948 señala: “Toda persona tiene de-
recho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la
salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda,
la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
..”
guistic Minorities
, United Nations, New York, 1991.
5
La Carta de la
ONU
tenía un antecedente inmediato en la “Declaración del Atlántico” (agosto de
1941), firmada por Churchill, Stalin y Roosevelt.
124
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
Aquí se plantea el interesante tema de la relación democracia-derechos
humanos. Una sociedad ética cimentada en los derechos humanos, plantea
Susan George,
6
es aquella en que a todas las personas se les garantiza un
modo de vida decente y digna y oportunidades para su realización perso-
nal,
pero en la que también están garantizados los derechos individuales:
libertad de expresión, asociación política, información, libertad de culto
y creencias.
En mi opinión, el artículo 25 de la dclaración uiversal constituye la
espina dorsal del régimen de derechos sociales. Constituye la base del
derecho al desarrollo. La cuestión fundamental consiste en desentrañar:
¿qué tipo de Estado para el derecho al desarrollo?
7
O, más bien, para el
cumplimiento del desarrollo. La idea que quiero sostener es que es un
estado social de derecho donde se pueden realizar los derechos sociales.
Aquí se plantea la discusión sobre mayor Estado o mayor mercado, como
mecanismos de base de las relaciones sociales internas y globalizadas.
8
Ciertamente, una mayor presencia del estado-nación, erosionado por los
mecanismos y por el impacto del proceso globalizador, permitiría una ma-
yor satisfacción y cumplimiento de los derechos sociales.
El Estado social de derecho le otorga legitimidad a los derechos socia-
les. La identidad nacional, afirma Castells, se constituye en el principio
de cohesión social del Estado nacional-popular.
9
El traspaso del Estado
nacional-popular o Estado social de derecho al Estado neoliberal hizo que
el Estado perdiera su “base” en la realización de los derechos sociales, des-
provisto de sentido, acosado por la política de privatizaciones. La opción
de un neoprogresismo en América Latina (Lula, Kirchner, Evo Morales)
permite la ilusión de una refundación de los derechos sociales, aspiración
incumplida para las mayorías (desempleo, marginación, ingreso, salud).
Una vuelta sobre el mismo tema nos lleva a considerar la ecuación
desarrollo político-desarrollo económico. En América Latina, a principios
del siglo
XXI
, se da una relación “invertida”, distinta a los modelos de
años anteriores: la frágil vigencia de la democracia no trae consigo un
mayor nivel de desarrollo. Se produce un desfase entre desarrollo político
6
Cfr. Susan George, “¿Globalización de los derechos?”, en
La globalización de los derechos humanos
,
Conferencias Oxford-Amnistía Internacional, Crítica, Barcelona, 2003.
7
Manuel Castells,
Globalización, desarrollo y democracia: Chile en el contexto mundial
,
FCE
, Santiago
de Chile, 2005.
8
Ver “¿Globalización
vs.
bienestar humano?, en revista
Renglones
,
ITESO
, Guadalajara, México,
mayo-agosto de 2004.
9
Cfr. Manuel Castells,
Op. cit.
, p. 41.
125
IUS
|
Invierno 2006 - 2007
(democracia) y desarrollo económico subdesarrollado:
10
la idea de hetero-
geneidad estructural.
La trama de los derechos sociales, por tanto, proviene de la resolución
del carácter del Estado. Sin embargo, no es de desdeñar la importancia que
puede asumir la sociedad civil,
11
especialmente, en términos alternativos al
proceso de globalización neoliberal.
12
IV
. M
ODERNIDAD
Y
DERECHOS
HUMANOS
Es importante analizar aquí la idea de modernidad y derechos humanos,
porque esta relación sirve de nexo entre los derechos individuales y los
derechos sociales. En efecto, hablar de modernidad significa poner en el
tapete de la discusión la vigencia o no de derechos sociales, imposterga-
bles, irrenunciables.
13
La idea de igualdad recorre todo el camino de los derechos humanos.
“De hecho, su instalación en el centro mismo del discurso político mo-
derno, encuentra su origen en la rebelión europea contra el absolutismo
y por la extensión de la democracia liberal en el siglo
XVIII
; y su difusión
universal ocurre recientemente como consecuencia de la segunda guerra
mundial y la derrota del nacismo [
sic
].”
14
Estaríamos en presencia de una “igualdad compleja”:
15
las desigual-
dades no se darían homogéneamente en todos los terrenos. Esta noción
rompe con la idea de solidaridad, que el movimiento por una globalización
no excluyente coloca en el centro de la discusión. Modernidad no debería
ser símbolo de desigualdad, concentración del ingreso, exclusión y dis-
criminación (grupos indígenas).
16
La tendencia hacia la desigualdad en la
concentración del ingreso, empleo, seguridad social, acceso a la educación
se mantiene y tiende a persistir.
17
10
Ver Aníbal Pinto,
La internalización de la economía mundial
, Ediciones de Cultura Hispánica,
Madrid, 1980.
11
Cfr. José Antonio Ocampo,
Reconstruir el futuro. Globalización, desarrollo y democracia en Amé-
rica Latina
,
CEPAL
-Editorial Norma, México, 2004.
12
Cfr. Foro de Porto Alegre.
13
Cfr.
CEPAL
/ Instituto Interamericano de Derechos Humanos, “La igualdad de los modernos”, San
José, Costa Rica, 1997.
14
Ibid.
, p. 1. En el libro aparece como “nacismo”.
15
Cfr. Ernesto Ottone y Crisóstomo Pizarro,
Osadía de la prudencia. Un nuevo sentido del progreso
,
FCE
, Chile, 2003.
16
Ver Gonzalo Arroyo, “¿Hacia una mayor solidaridad social?” revista
Mensaje
, No. 544, Santiago
de Chile, noviembre de 2005.
17
Ibid.
, p. 6.
126
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
El nudo del asunto estriba en la siguiente pregunta: ¿Hasta qué punto
la modernidad rompe o socava la legitimidad de los derechos humanos?
La modernidad no se opone necesariamente, según mi punto de vista,
a la vigencia de los derechos humanos. Existen asimetrías, desigualdades,
rupturas de solidaridad ocupacional
(que socava la solidaridad de clase);
la solidaridad geográfica, que socava la solidaridad de barrio; la familiar,
que disminuye los núcleos de protección, y la política, producto del debi-
litamiento de los partidos, que corroe la solidaridad ideológica.
18
Aquí ingresamos en el intrincado tema del impacto del proceso de la
globalización sobre los derechos humanos. Así, v. gr., la “cuestión nacio-
nal” y el principio de soberanía del estado-nación son seriamente acosados
por el impacto globalizador. La crisis del Estado benefactor es asunto de
primer orden. La globalización neoliberal lleva consigo los gérmenes de
su propio fracaso. En el fondo del asunto, se encuentra la incapacidad de
los estados nacionales para hacer frente a las situaciones de desigualdad,
pobreza, desempleo; en una palabra, a los derechos sociales.
Paradójicamente, la derrota relativa del Estado de bienestar puede aca-
rrear la debacle del Estado neoliberal en el mediano plazo. El reajuste de
las estructuras viene señalado por un retorno al Estado social de derecho
o Estado de bienestar, como es el caso de Argentina, Brasil, Venezuela,
Bolivia.
El Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
19
supone la vi-
gencia de la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los dere-
chos humanos, tal como fue acordada en el Congreso Mundial de Derechos
Humanos (Viena, 1993).
Asimismo, supone el reconocimiento de la interacción entre democra-
cia, desarrollo y derechos humanos. Una doble relación.
20
En este sentido, conviene señalar que el Pacto de Derechos Sociales
(
DESC
) es idéntico al Pacto de Derechos Civiles, en la medida que reconoce
la libre determinación de lo pueblos (art. 1º) para establecer libremente su
régimen político y proveer su desarrollo económico, social y cultural.
Ahora bien, el Pacto de Derechos Sociales debe entenderse, además, en
relación con la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo de 1986. Nuevos
18
Cfr. Michael Walter, “Pluralisme et Démocratie”,
Esprit
, París, 1997. Citado por Ottone y Pizarro,
Op. cit.
, p. 25.
19
Ver Resolución 2200-A (
XXI
) de 16 de diciembre de 1966, adoptada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas. Entró en vigencia el 3 de enero de 1976.
20
Ver Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos. Declaración y Programa de Acción de Viena,
Naciones Unidas, junio de 2003.
127
IUS
|
Invierno 2006 - 2007
temas y conceptos como el desarrollo autónomo, sustentable, humano y
autocentrado vienen a ampliar la noción exclusivamente económica del
desarrollo,
21
más allá de la idea de crecimiento.
V
. E
L
E
STADO
DE
BIENESTAR
Y
EL
NEOLIBERALISMO
En mi opinión, el Estado de bienestar, como fuente de los derechos socia-
les, comienza en 1930 con las doctrinas keynesianas destinadas a enfrentar
la crisis del “jueves negro” de 1929.
En América Latina, la política de la “buena vecindad” del presidente
Roosevelt (1933-1946) fue el marco en el cual se desarrolló la interven-
ción del Estado, el gasto social, la satisfacción de los derechos sociales y
una política de “intereses comunes” entre los Estados Unidos y la región
latinoamericana.
22
La cuestión actual, para mi gusto, consiste en la dicotomía entre una
reconstrucción del Estado de bienestar o la vigencia de un Estado liberal
acorde con las políticas propias de la globalización de este signo. El neoli-
beralismo, basado en el Consenso de Washington, consiste en un conjunto
de medidas macroeconómicas y políticas de alcance global: reducción del
Estado, privatizaciones, disminución del gasto social, aumento del papel
del mercado en las relaciones internas y externas de cada país, énfasis en
los tratados de libre comercio. Una suerte de democracia neoliberal. Se
trata, por tanto, de un proyecto ideológico y de una cosmovisión de la
sociedad, la economía y la cultura.
23
Este proyecto ideológico de la globalización retoma una vieja discu-
sión: el Estado como centro del poder.
24
Pareciera que hay otros universos
que sobresalen en la actualidad de la globalización, como es el caso de las
organizaciones no gubernamentales (
ONG
).
Neoliberalismo y Estado de bienestar constituyen elementos antagóni-
cos. El neoliberalismo se pronuncia por un adelgazamiento (¿transforma-
ción?) del Estado latinoamericano.
25
Se hace necesaria una recomposición
política que ataque dentro de una política nacional de desarrollo, los temas
21
Cfr. Jaime Ros,
La teoría del desarrollo y la economía del crecimiento
,
FCE
, México, 2004.
22
Cfr. Peter Hackim, “Is Washington Losing Latin America?”,
Foreign Affairs
, New York, january-
february, 2006.
23
Ver Olivier Dollfus,
La mundialización
, Editions Bellaterra, Barcelona, 1999; Natalia Ribas Mateos,
El debate sobre la globalización
, Editions Bellaterra, Barcelona, 2002.
24
Ver Jaime Osorio,
El Estado en el centro de la globalización
,
FCE
, México, 2004.
25
Cfr. Enrique Cornejo Ramírez, “Hacia una transformación del Estado en América Latina”,
Nueva
Sociedad
, No. 199, Caracas, septiembre-octubre, 2005.
128
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
de la desigualdad, la pobreza
26
y la concentración del ingreso. Estos temas
se retoman con fuerza a propósito de la elección de Michelle Bachelet en
Chile.
En efecto, la desigualdad se ubica en el centro de la discusión actual
sobre el éxito de las políticas neoliberales. Sobre todo, si se considera que
la región latinoamericana es el área de mayores desigualdades en la re-
distribución de los recursos: “El vacío teórico y la incapacidad de gestión
de los estados nacionales, que siguieron a la crisis poskeynesiana, vieron
surgir ardorosamente defensores del Estado mínimo: la reducción de las
dimensiones del Estado fue presentada como fundamental para resolver
los problemas de un sector público estrangulado por sus deudas.”
27
Estado de bienestar o Estado mínimo constituye la contradicción prin-
cipal de la primera década del siglo
XXI
. El tema de la igualdad parece
haberse alejado de los temas centrales de políticas públicas: ¿desarrollo
sin democracia?
28
Desigualdad y exclusión son los tópicos a considerar en la búsqueda
de nuevas fórmulas de democracia igualitaria, autónoma, participativa.
La exclusión parece ser un signo de la globalización neoliberal: concen-
tradora, excluyente, desigual, contradictoria.
29
La desigualdad recorre las
frágiles e inciertas paredes de las democracias latinoamericanas (Informe
del
PNUD
, Lima, 2004).
El renacimiento de un nuevo tipo de Estado, actualizado a la época de
la globalización, que satisfaga y cumpla los derechos sociales constituye
el primer desafío de este nuevo progresismo que surge en la región lati-
noamericana.
VI
. L
A
BRUMA
DE
LA
GUERRA
FRÍA
Y
LOS
DERECHOS
SOCIALES
El proceso posterior a la segunda guerra trajo consigo una verdadera “re-
volución” en el pensamiento político económico de América-Latina. La
creación de la
CEPAL
(1948), la formulación de la teoría de la dependencias
26
Ver Nelly Offman y Miguel Ángel Centeno, “El continente invertido: desigualdades en América
Latina”,
Nueva Sociedad
, No. 103, Caracas, septiembre-octubre, 2004.
27
Ver Gilberto Dupas, “Difíciles opciones frente a los países latinoamericanos”,
Nueva Sociedad
, No.
199, Caracas, sept.-oct., 2005, pp. 90ss.
28
Cfr. Sonia Fleury, “Ciudadanías, exclusión y democracia”,
Nueva Sociedad
, No. 193, Caracas,
septiembre-octubre, 2004. pp. 63ss.
29
Ver Hernán Garrido-Lecca, “Crecimiento con equidad. Reflexiones para la incorporación del
concepto de equidad en la decisiones de políticas públicas”,
Nueva Sociedad
, No. 1999, Caracas,
septiembre-octubre, 2005, pp. 80ss.
129
IUS
|
Invierno 2006 - 2007
y la puesta en práctica de la estrategia de industrialización por sustitución
de importaciones (
ISI
) así lo demuestra.
En este mismo sentido, la imbricación entre lo político y lo económico
30
trajo consigo la opción de un planteamiento integral sobre la democracia
y el desarrollo regional:
31
qué buenos tiempos.
Así, postular una “ecuación virtuosa” entre autoritarismo y desarrollo,
teniendo presente los regímenes del sudeste asiático, no pasa de ser una
idea perversa sin apoyo en la realidad.
Así las cosas, la bruma de la guerra fría (1947-1989) si bien trajo con-
sigo un modelo de “equilibrio del terror” a nivel del sistema internacional,
resultó ser más optimista en el plano latinoamericano. En realidad, se pro-
dujo un escenario de democracias liberales (Lleras Camargo, Caldera, Frei,
Odría) sumados a tasas de crecimiento decentes y una vigencia práctica y
real del modelo de industrialización por sustitución de importaciones.
Religiosamente, O’Donnell y otros van a postular que con el “congela-
miento” de la fórmula
ISI
(1969) se producirá la irrupción de los regímenes
burocrático-autoritarios. Es más, el propio proceso de “liberacionismo”,
a
comienzos de la década de los ochenta, reforzó la idea de la “eficiencia”
de los regímenes militares.
La guerra fría se combinó con el denominado modelo desarrollista de
desarrollo, en que la fórmula-
ISI
y un alineamiento junto a los Estados
Unidos signaron esta época de las relaciones interamericanas. No es poco
decir.
32
Los derechos sociales, felizmente, aparecieron en el primer lugar
de la agenda regional. Puede decirse que el modelo desarrollista, propio de
esa época, conllevó una visión “nacional” del Estado y de las relaciones
internacionales, con una fuerte identidad otorgada por el Estado y un sis-
tema internacional en permanente tensión debido a la confrontación entre
los superpoderes (
USA
-
URSS
).
VII
. G
LOBALIZACIÓN
Y
DERECHOS
HUMANOS
El proceso de la globalización que, para efectos de análisis, ubicaremos
en el tiempo de la caída del muro de Berlín (1989), la reunificación de las
Alemanias (1990) y el desmembramiento del bloque soviético, consiste un
proyecto ideológico total.
30
Ver Fernando H. Cardoso, “Más allá de la economía: interacciones de la política y desarrollo eco-
nómico”,
Revista de la
CEPAL
, No. 83, Santiago de Chile, agosto de 2004, pp. 7ss.
31
Ver en general a F. H. Cardoso,
Ibid.
, pp. 7-12.
32
Cfr. Guillermo O’Donnell,
Modernización y autoritarismo
, Paidós, Bs. As., 1986. Un trabajo pionero.
130
Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
La globalización consiste en un conjunto de interdependencias com-
plejas. El Estado, el mercado, la cultura, las comunicaciones,
33
el derecho,
la moda, el futbol, se uniforman en torno a un modelo capitalista ex-
pansivo de desarrollo. El proyecto de la globalización tiene pretensiones
universales.
34
El impacto del proceso de la globalización sobre el Estado nacional es
demoledor: el estado-nación se debilita, aumenta el número de excluidos,
se profundizan las desigualdades, el Estado cambia de rumbo y se trans-
forma. En la globalización, se producen tres transiciones fundamentales:
una transición política de la dictadura a la democracia; una transición
hacia la era de la información: la revolución de las comunicaciones; y, una
transición económica de un modelo autoritario a un modelo democrático
liberal (sería el caso de Chile).
Para mi gusto, lo básico de esta globalización consiste en la ruptura de
la solidaridad, en el término del contrato social identitario. Por estas razo-
nes, los derechos sociales son abolidos, y el retiro del Estado trae consigo
la orfandad del hombre-productor. Aún más, es en el plano ideológico cul-
tural donde los efectos devastadores de la globalización golpean con más
fuerza. En esta idea, puede decirse que el proceso de la globalización trae
consigo un “pensamiento único”, con la consiguiente mercantilización del
hombre, sumido en la alienación de un capitalismo expansivo y salvaje.
La propuesta de un retorno a una versión actualizada del Estado de
bienestar, que sería un Estado para las mayorías, resulta ser el tópico fun-
damental de estos días. La globalización no ha resultado ser tan exitosa
como se hubiera pensado, especialmente desde el Consenso de Washing-
ton
35
(1991) en adelante.
¿Es la globalización neoliberal incompatible con la globalización de los
derechos humanos?
36
VIII
. D
ERECHOS
SOCIALES
, ¿
RUMBO
A
LA
POSMODERNIDAD
?
Como se escribía, la ruptura del “pacto de solidaridad” provocada por la
globalización, debería iluminar cualquier análisis de la realidad actual.
33
Ver Manuel Castells,
La era de la información
, Siglo
XXI
, Madrid, 2002.
34
Ver Samir Amir,
Más allá del capitalismo senil. Por un siglo
XXI
no norteamericano
, Paidós, Buenos
Aires, 2003.
35
Cfr. “Después del Consenso de Washington”,
Nueva Sociedad
, No. 199, Caracas. sept.-oct., 2005.
36
Ver Susan George, “¿Globalización de los derechos?” en Varios autores,
La globalización de los
derechos humanos
, Crítica, Barcelona, 2003.
131
IUS
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Invierno 2006 - 2007
El tránsito de la guerra fría hacia la globalización provocó profundos
cambios cualitativos.
En mi opinión, todo comienza con el tránsito fundamental de la mo-
dernidad (revolución industrial) hacia la posmodernidad (comunicaciones-
información).
De hecho, este tránsito provocó fuertes mutaciones en la distribución
del poder, en la concentración del ingreso, en la fortaleza de la democracia
y en el propio estilo de desarrollo. La
CEPAL
planteó, en la década de los no-
venta, la cuestión de la “transformación productiva con equidad”, valioso
aporte que fue desintegrado por el impacto del proceso de
globalización
neoliberal.
Es importante considerar las posibilidades de una globalización alter-
nativa:
37
solidaria, humanista, cooperativa, integracionista, de protección
y defensa de los derechos sociales. El capitalismo global, germen de un
futuro sistema mundial de poder,
38
arrasa, incluso, con la dimensión cultu-
ral de los estados nacionales. Sin embargo, esta acción está generando una
reacción expresada en los movimientos sociales alternativos: condonación
de la deuda externa, reforzamiento del Mercosur, nueva agenda de coope-
ración para el desarrollo, estímulo de la pequeña y mediana empresa.
La fascinante discusión sobre los nexos entre economía y política, de-
berían extenderse a los planos culturales, ideológicos, de la propia vida
cotidiana: el estrés (¿agotamiento?) del modelo del capitalismo global
latinoamericano subdesarrollado.
La batalla contra la pobreza es un desafío de estos tiempos. Con todo,
es en la redistribución del poder y del ingreso donde comienza la batalla
por hacer girar la rueda de la globalización.
Todo esto nos lleva a las siguientes conclusiones:
1) La evolución de los derechos sociales ha descansado en el Estado
como principal propulsor de estos derechos.
No sólo eso: los derechos se ampliaron al calor del “bonapartismo” de
Bismarck y del estallido de la primera guerra mundial.
2) De tal manera que los derechos sociales, que implican una obliga-
ción de hacer por parte del Estado, representan una segunda categoría de
derechos.
En efecto, a los derechos individuales, que exigían una obligación de
37
Ver Boaventura de Souza Santos, “Globalización y democracia”, revista
Memoria
, No. 175, Mé-
xico, septiembre de 2003.
38
Ver Celso Furtado,
El capitalismo global
,
FCE
, México, 1999.
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Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas
abstención del Estado, de respeto de la vida, la libertad y la seguridad de
la persona, le agregamos los derechos sociales con una adhesión incondi-
cional al Estado de bienestar.
3) El Estado, para todo bien y para todo mal, es el lugar sin límites del
cumplimiento (o no) de los derechos humanos.
En la doctrina, estos derechos sociales o de segunda generación, co-
mienzan con Bismarck y se amplifican en el periodo de entreguerras (1919-
1939). Ciertamente, con la Carta de las Naciones Unidas y la declaración
universal, estos derechos alcanzaron pleno reconocimiento.
4) Naciones Unidas incorporó estos derechos a su dinámica interna, a
través de sus organismos especializados. En realidad, agencias como el
PNUD
o la
CEPAL
han trazado rumbos pioneros en la discusión y vigencia de
los derechos económicos, sociales y culturales (
DESC
).
Los aportes de la
ONU
son innegables. El tema, v. gr., de la “dependencia”
de la región, el esquema centro-periferia, la política de industrialización
por sustitución de importaciones, confirma el papel pionero de estos orga-
nismos en lo que concierne al desarrollo regional.
5) El ingreso de América Latina a la modernidad trajo consigo los de-
rechos sociales. Sin lugar a dudas, la modernidad representó una visión
industrializadora y tecnológica de la región. No es menos cierto que la mo-
dernidad latinoamericana puede calificarse de “inconclusa”, no ha logrado
asentarse totalmente en la realidad.
En la cultura, por ejemplo, Latinoamérica ha caminado desequilibrada-
mente en relación con el proceso de la globalidad. El acceso a las nuevas
tecnologías es una aspiración más que una realidad verificable.
6) La inserción latinoamericana en el modelo de la globalidad es pro-
fundamente desigual. La devaluación de los términos del intercambio no ha
logrado ser superada: el exponente tecnológico (informática, robótica, ma-
teriales, biotecnología) continúa siendo un obstáculo para el desarrollo.
7) El nuevo reparto del mundo: Estados Unidos, China, Europa, Japón
“olvida” a la región latinoamericana. El poder negociador es magro e inesta-
ble. El “neoprogresismo” (Lula, Kirchner, Evo Morales) no ha logrado conso-
lidarse como un bloque latinoamericano ante esta nueva repartición mundial
encabezada por los Estados Unidos: el eje del mal y la guerra preventiva.
8) Al mediano plazo, la batalla del poder continuará siendo una disputa
por la vigencia o no del Estado de bienestar. En lo que concierne a países
de vieja tradición estatal, como Chile o México, por ejemplo, la ampliación
y cumplimiento de los derechos sociales será la piedra de toque de las re-
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laciones de poder al interior del Estado nacional.
9) El estado-nación está siendo pulverizado por los efectos de la glo-
balización. El espejismo del desarrollo nacional con equidad está siendo
seriamente cuestionado por la globalización neoliberal en marcha.
10) América Latina se encuentra a la vera de la historia. Las tendencias
alternativas a la globalización hegemónica son más bien declaraciones,
antes que proyectos confrontacionales concretos (Porto Alegre).
En este campo, Latinoamérica continúa enfrentando negativamente los
temas de la pobreza y la desigualdad.
¿Nuevamente esperando a Godot?
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