*
Recibido: 2 de enero de 2014. Aceptado: 10 de febrero de 2014.
**
Profesor titular de Derecho penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana, Cuba.
(
mejiascarlosalberto@gmail.com
).
RESUMEN
El delito y la criminalidad alcanzan niveles in-
sospechados en el continente americano y las
vías que se propenden no satisfacen a la mayo-
ría de los ciudadanos; por tanto, seguirá siendo
una constante la búsqueda de soluciones a los
conflictos que ambos fenómenos originan. Este
artículo examina estas problemáticas desde las
proyecciones sociopolíticas y jurídicas del de-
recho penal y la criminología, con propuestas
que históricamente han sido planteadas para
el retorno a un camino que permita revertir la
cuestión criminal.
PALABRAS
CLAVE
:
Delito, criminalidad,
derecho penal, criminología, Latinoamérica,
justicia penal.
ABSTRACT
The crime reaches unsuspected levels in the
American continent and the channels proposed
at present don’t satisfy the vast majority of
citizens that lives in this region; therefore, the
search for solutions to conflicts caused by this
phenomenon will continue being a constant
task. This article examines this problem from
the sociopolitical and juridical projections of
Criminal Law and Criminology.
KEY WORDS
:
Crime, criminality, criminal law,
criminology, Latin America, criminal justice.
Retos y desafíos del derecho penal
y la criminología en América Latina*
Challenges of criminal law and criminology
in Latin America
Carlos Alberto Mejías Rodríguez**
R e v I s t a D e L I N s t I t u t o D e cIeNcI a s JuRí D I c a s
D e
p u e B L a , M é x I c o , I s s N : 1 8 7 0 - 2 1 4 7 . a ñ o
v I I I
No . 3 4 , J u L I o - D IcIe M B R e D e 2 0 1 4 , p p . 7 - 2 0
IUS
8
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
Sumario:
1. Exordio
2. Desafíos y retos de la criminología
3. Desafíos y retos del derecho penal
4. Una ojeada a Cuba dentro del contexto latinoamericano
5. A modo de conclusión
1. Exordio
En apenas unas líneas gráficas es imposible abordar desde la actualidad los re-
tos y desafíos de la criminología y del derecho penal de América Latina, pero al
menos los renglones que siguen servirán para exponer alguno de ellos, con la
expectativa de que todos los que llevan años ocupándose de tan complejo tema,
desde diferentes posiciones, incluso ideológicas, puedan criticar, enriquecer y
mejorar las propuestas que invocamos.
Nos han invitado a reFexionar sobre estos temas, de una parte, la grave si-
tuación de la criminalidad en nuestros países, a pesar de los ingentes esfuerzos
realizados para mitigarla, y, por otra, la tendencia al incremento de estos fe-
nómenos, adelantando ±rmemente nuestra postura de que es posible revertir
esa situación.
Contemplar o simplemente criticar los fenómenos sociales que gravitan so-
bre la coexistencia pacífica, sin buscar su solución, es asumir sencillamente una
posición acomodaticia que no le es propia a criminólogos, sociólogos, penalistas
y cuantos profesionales sientan el compromiso del cambio social hacia el bien-
estar, la tranquilidad y seguridad ciudadana.
Cuando evaluamos las disímiles misiones y tareas de las ciencias penales y
criminológicas y leemos o presenciamos la situación y el panorama en el que se
encuentra Latinoamérica, pudiéramos retomar una de las preguntas dramáticas
que se hace Wayne
M
ORRISON
en su interesante libro:
Criminología, civilización
y nuevo orden mundial
: “¿Qué tiene que decir la criminología frente a las catás-
trofes terribles del hambre, la sed, las enfermedades y la devastación ambiental,
causados por el actual anarco-capitalismo y el mercado financiero sin reglas?”
.
1
En América Latina hay 73 millones de analfabetos funcionales; de ellos, 36
millones son analfabetos absolutos, personas excluidas e incapaces de incorpo-
rarse por sí mismas a las transformaciones del mundo actual.
2
Esta situación di-
1
F
ERRAJOLI
, L
UIGI
. “Criminología, crímenes globales y derecho penal: el debate epistemológico en la criminología
contemporánea”,
Revista Crítica Penal y Poder
, Barcelona, 2013, pp. 1-11.
2
H
ERRERA
B
ELTRÁN
, C
LAUDIA
. “Hay 40 millones de analfabetos en América Latina a causa del neoliberalismo”, 9 de
septiembre de 2009, disponible en:
www.diario.libre.com
[fecha de consuta: 23. Agosto. 2013].
9
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
ficulta no sólo el desarrollo de la región, sino que hace incomprensible para esas
grandes masas la problemática del delito, sus efectos y las consecuencias que se
derivan incluso para ellas mismas, por lo que cualquier programa o proyecto en
esa dirección tendrá como premisa aliviar este lamento social.
La Organización Internacional del Trabajo ha advertido recientemente que se
ha superado la marca de los 200 millones de personas desempleadas y que cada
año puede incrementarse esa cifra entre 3 y 5 millones cada año.
3
Estos datos
corroboran y vaticinan que muchas de estas personas elijan cometer conductas
y hechos ilícitos para subsistir, satisfacer sus demandas y las de su familia, en
sociedades que cada vez son más propensas al consumismo.
La criminalidad desde siempre ha tenido su mayor expresión en adolescentes
y jóvenes. Pues bien, uno de cada cuatro jóvenes latinoamericanos está fuera del
sistema educativo y del mercado de trabajo.
4
De ahí, seguramente, es más fácil
esperar problemas que soluciones.
Otros factores gravitan en Latinoamérica como consecuencia de la fase con-
temporánea de internacionalización del capitalismo que corresponde a la globa-
lización neoliberal, propiciadora de las desigualdades económicas y sociales por
deficientes manejos en la distribución de la renta, la propensión a la margina-
lidad, la exclusión social y la corrupción generalizada, entre otros, los cuales se
constituyen irremediablemente en agentes aceleradores de la criminalidad.
No es la intención atiborrar cuartillas con datos y cifras que son conocidas e
incluso colman diariamente el espacio de la prensa y otros medios de informa-
ción masiva. Basta con lo expuesto para imaginarnos por qué América Latina y
el Caribe ostentan las mayores tasas de homicidios violentos del planeta
5
y, no
por casualidad, conservan también el dudoso honor de ser el continente más
desigual del mundo, con apenas el 8% de la población mundial.
De esta forma, la criminalidad con pobreza resulta agobiante para cualquier
nación, pero también preguntémonos: ¿qué ha recibido Latinoamérica de la
política criminal invocada por los Estados a través de los sistemas de control
social formal?
A fin de combatir la conflictividad social motivada por la desigualdad eco-
nómica y de exclusión, y dado que las políticas sociales se contradicen con el
fenómeno criminal, se recurre a políticas penales que persiguen los efectos,
dejando intactas las causas que generan y agudizan los conflictos sociales. De
3
CEPAL
.
Panorama social de América Latina 2003-2004
, disponible en:
es.htm
[fecha de consulta: 27. Agosto. 2013].
4
Hacia el objetivo del milenio de reducir la pobreza en América Latina y el Caribe
, colección Libros de la
CEPAL
, núm.
70, disponible en:
[fecha de consulta: 27. Agosto. 2013].
5
Según datos de la
ONU
, el 40% de los homicidios y el 66% de los secuestros que se producen en el mundo cada
año, ocurren en América Latina y el Caribe.
10
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
ahí la inflación de delitos y penas como una de las variantes del expansionismo
del derecho penal, que ha incrementado la población reclusa a niveles nunca
alcanzados.
El otro fenómeno es el concerniente a la tolerancia cero, cuyas políticas,
puestas de moda en algunos países del continente, han traído aparejada una re-
ducción de las garantías fundamentales y un quebrantamiento de los principios
limitativos al
ius puniendi
.
6
Sólo podrá obtenerse una reducción de la criminalidad si se modiFca el
complejo de factores criminógenos presentes en el propio sistema social o se
produce un cambio en el marco socio-cultural en el que se desenvuelve la vida
de los ciudadanos que habitamos esta parte del mundo. Es decir, agotada la
máxima eficacia de los medios de control, en la hipótesis de que se llegue a ello,
sólo podríamos esperar una posterior reducción de la criminalidad si se produce
una modificación y reversión de los factores sociales que la ayudan a proliferar.
No puede, por tanto, la criminología desentenderse de estos acontecimientos
políticos, económicos y sociales, y de otros muchos que —como ha advertido
F
ERRAJOLI
— “[…] originan daños incomparablemente más graves que el de todos
los delitos castigados por la justicia penal”.
7
2. Desafíos y retos de la criminología
Uno de los esfuerzos, por tanto, es el de transformar el objeto de estudio de la
criminología en América Latina. Transformar no es eliminar la re±exión epis-
temológica acerca de la criminalidad individual y de la conducta desviada, eje
temático fundamental de los estudios criminológicos. La propuesta consiste en
advertir que es necesario colocarse en su tiempo; es la necesidad de que el dere-
cho penal y la criminología cumplan una función coadyuvante hacia el cambio
social.
Tal como afirma
L
UHMANN
, “[…] una disciplina adquiere carácter universal no
en la medida en que esté constituida por objetos o por extractos del mundo
real, sino por la delimitación de un problema”;
8
por ello, si se quiere afrontar la
sociedad moderna, debemos ante todo ser conscientes de las diFcultades propias
de las ciencias sociales para lograr captar un trazo de la realidad.
6
Cfr
.
M
UÑOZ
C
ONDE
, F
RANCISCO
.
De la tolerancia cero al derecho penal del enemigo
, Instituto de Estudio e Investigación
Jurídica, Servicios Gráficos, Managua, 2009, p. 42.
7
F
ERRAJOLI
, L
UIGI
.
op. cit
.
8
O
ROZCO
A
RCIERI
, C
ARLOS
A
NDRÉS
. “La crítica de Alessandro Baratta a la ideología de la defensa social”,
Revista Crítica
Penal y Poder
, Barcelona, núm. 4, 2003, p. 224.
11
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
Los estudios del derecho penal y la criminología hacia los fenómenos sociales
se imponen hoy sin restricción alguna; se trata de averiguar cómo suceden las
cosas en la realidad y de estudiar al mismo tiempo las causas profundas de la
realización entre sociedad y orden jurídico.
Otra proyección criminológica debe conducirnos a la desmitificación del es-
tigma de la criminalidad. Desde hace algún tiempo, el problemático concepto de
criminalidad a partir de una teoría materialista de la desviación estuvo inspirado,
precisamente, en las investigaciones e iniciativas académicas organizadas por
B
ARATTA
,
9
en las que explicó los efectos ideológicos de estabilización conservadora
implícitos en la manipulación del fenómeno de la criminalidad, propia de la me-
diatización de las alarmas sociales, tanto en Italia como en gran parte de Europa
occidental.
La desmitificación del concepto de criminalidad y de criminal se realiza des-
plazando el discurso de las construcciones sociales del fenómeno de la crimina-
lidad, que son elaboradas generalmente por los políticos, por la ciencia jurídica,
los medios de comunicación masiva y, en general, por la opinión pública.
Es importante retomar los planteamientos de
B
ARATTA
sobre el análisis de las
relaciones sociales y económicas sobre las cuales se funda la ley y los mecanis-
mos selectivos de criminalización, y a la par someter a estudio la imagen cons-
truida en la percepción social de la criminalidad en general, y de la criminalidad
política en particular, y sus elementos mistificadores.
Una criminología refundada críticamente realizaría dos funciones —dice
F
ERRAJOLI
—,
una descriptiva y otra prescriptiva. La descriptiva efectuaría un análisis conceptual de
los diversos tipos de crímenes del poder y la investigación empírica sobre su variedad
fenomenológica; mientras que en la función prescriptiva promocionaría una serie
de políticas y medidas para la reformulación de la jerarquía de los bienes jurídicos
merecedores de tutela penal.
10
Como de retos y desafíos es el abordaje que hacemos, y con la mirada descriptiva
expuesta por
F
ERRAJOLI
,
corresponde a la criminología latinoamericana ocuparse
también del populismo punitivo desde la óptica de los medios de comunicación
masiva, cuyo fenómeno, en una buena parte de los países de América Latina,
está causando estragos.
9
Este movimiento intelectual es conocido como la criminología crítica y suele ser estudiada a partir del texto que
recoge las lecciones impartidas en Bolonia en 1979 por Baratta, titulado
Criminologia critica e critica del diritto
penale
y traducido a varias lenguas.
Idem
.
10
F
ERRAJOLI
, L
UIGI
.
op. cit
.
12
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
El llamado populismo punitivo, frase acuñada, entre otros autores, por
L
ARA
A
MAT
y
L
EÓN
,
11
en nuestro contexto latinoamericano entendemos su concepto,
dimensión y alcance en los estudios explayados por
Z
AFFARONI
en su obra
La
cuestión criminal
cuando hace referencia a la criminología mediática y que se-
gún este autor fue detectada por los sociólogos desde fines del siglo
XIX
, cuando
Gabriel
T
ARDÉ
, en 1900, denunció claramente la fuerza extorsiva de los medios
de comunicación masiva.
12
El populismo punitivo ha provocado fuertes deterioros en los derechos socia-
les y el garantismo, con el endurecimiento del derecho penal y de los instrumen-
tos de control social. Los gobiernos y los medios de comunicación social masiva
comprometidos con el populismo punitivo buscan obtener apoyo social para su
implantación y extensión, recurriendo a caballos de Troya penal.
13
En otras palabras, se utiliza la desgracia de los perjudicados, las víctimas y sus
familiares, para realizar modificaciones estructurales del sistema sancionador, en
tanto por la falta de consenso y la resistencia de la sociedad civil, muy trabajoso
resulta para los políticos propiciar y establecer reformas penales, y por ello se
busca la oportunidad de casos denigrantes o que creen suficiente alarma social,
y así aperturar un espacio e introducir la excepcionalidad, la restricción de ga-
rantías, el endurecimiento de las penas o, en el mejor de los casos, provocar que
el sistema de justicia penal vigorice las sanciones sobre los culpables.
Con este sistema se introduce la opinión de la víctima en el proceso de refor-
ma penal, a través de la presión que los medios de comunicación ejercen sobre
la población.
Podría decirse que las agresiones sexuales contra los niños y niñas; la vio-
lencia contra las mujeres, y las muertes violentas ocasionadas por atracos con el
empleo de armas, han sido recurrentes para mostrar la gravedad de un delito por
la gran desproporción del delincuente frente a la víctima.
En el caso de la mujer la situación es más grave políticamente, puesto que el
feminismo había estado vinculado a la defensa de políticas sociales progresistas,
entre ellas la reinserción social de los delincuentes, pero bajo este nuevo para-
digma las vulneraciones a la mujer son utilizadas para pedir más penas y cada
vez más duras en este modelo vindicativo.
14
Si volvemos con la misma línea de pensamiento de
F
ERRAJOLI
,
la criminología
en América Latina, cumpliendo una función prescriptiva y crítica, tiene el reto
11
Cfr
.
L
ARA
A
MAT Y
L
EÓN
, J
OAN
. “El conflicto social en la globalización neoliberal y el neoconservadurismo: entre las
nuevas guerras y el populismo punitivo”,
Revista Crítica Penal y Poder
, Barcelona, núm. 4, 2013.
12
Cfr
.
Z
AFFARONI
, E
UGENIO
R
AÚL
.
La cuestión criminal
, 2a. ed., Planeta, Buenos Aires, 2012, pp. 214-253.
13
L
ARA
A
MAT Y
L
EÓN
, J
OAN
.
op. cit
.
14
Idem
.
13
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
de estudiar a profundidad y hacer propuestas serias y coherentes para erradicar
el uso de los medios de comunicación masiva y las redes sociales como parte
del expansionismo del derecho penal, ocupando esos espacios de propaganda
y divulgación, estableciendo a contracorriente propuestas de políticas públicas
preventivas para la reducción de los fenómenos que hoy gravitan, como la vio-
lencia intrafamiliar, el tráfico de armas y de personas, el lavado de activos y otros
crímenes asociados con la delincuencia trasnacional.
La criminología latinoamericana no está postrada frente a las causas del
crimen. Aceptar que la criminología está debilitada, extenuada o apagada es
desconocer las importantes contribuciones de criminólogos de nuestra región a
la altura de Lolita
A
NIYAR DE
C
ASTRO
, Juárez
C
IRINO DO
S
ANTOS
y Eugenio Raúl
Z
AFFA
-
RONI
, entre otros. Es también olvidar el muro de contención que sus estudios han
representado para el pensamiento conservador y neoliberal en la región, tras las
propuestas de criminalizar y reprimir, antes de educar y prevenir.
Se trata, por tanto, de refundar esta ciencia a través de una ideología que, a
su vez, necesita ser reincorporada en el discurso científico a través de elaboracio-
nes racionales, vista en su función auxiliadora de las ciencias penales.
3. Desafíos y retos del derecho penal
De igual manera sucede con el derecho penal. Desde diferentes posiciones doc-
trinales, a partir del hecho indiscutible de que el sistema penal no ha resuelto el
problema de la delincuencia han surgido tendencias a su abolición como méto-
do de lucha para la protección de los derechos y libertades fundamentales, sin
que hasta nuestros días, en los modelos de sociedad y Estado que han existido,
o aquellos que puedan florecer en el futuro, resulte posible relegar al derecho
penal para garantizar la protección a la sociedad de los ataques más intolerables
a los bienes jurídicos.
La justicia penal en Latinoamérica atraviesa por una fuerte crisis de identi-
dad, lo cual, como expresa
M
ORENO
: “[…] se hace más visible sobre todo cuando
los países se encuentran inmersos en un profundo proceso de globalización,
que igualmente impacta a los medios de control frente al delito […] como se
observa particularmente con relación a la delincuencia organizada internacional
o trasnacional”.
15
Creemos, por tanto, que el punto de reflexión y debate es el relativo a la ma-
yor o menor eficiencia que el sistema penal, planteado sobre bases iluministas,
15
Cfr
.
M
ORENO
H
ERNÁNDEZ
, M
OISÉS
.
“Orientaciones de la política criminal legislativa”,
Política criminal y globalización
,
Inacipe, México, 2005, pp. 57-79.
14
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
pero también correccionalistas y defensistas, y desarrollado en el marco de unas
sociedades que propenden al consenso y a la solidaridad, sigue siendo el más
idóneo para regular punitivamente comportamientos que responden a un nivel
de complejidad y conFicto que no se manifestaba antes, cuando ese sistema
penal fue proyectado.
Este aspecto, por ser tan cardinal para verificar la eficiencia del sistema penal,
aún no es objeto de atención preferente por las disciplinas que pertenecen a las
áreas de influencia de la cultura jurídico-penal latinoamericana. El Estado social
no debe únicamente otorgar garantías jurídico-sociales en el plano formal y
práctico; corresponde también que asegure el control ciudadano y jurisdiccional
de la satisfacción de las mismas.
La búsqueda de las razones que justi±can la existencia de la pena y del
derecho penal es ya añeja y no se limita a la lucha de escuelas de los siglos
XIX
y
XX
. Siguen siendo plenamente válidas las afirmaciones de
F
ERRI
, cuando dijo:
“[…] el Estado debe realizar antes y por encima de la represión una obra diaria
de prevención de la delincuencia. Pero como quiera que la prevención no puede
impedir que se cometan delitos, surge la necesidad de la represión”.
16
La pena, y por tanto el derecho penal, es necesaria e inevitable, y por ello
constituye su propia justificación. Tal necesidad, aunque bien discutida, se ha
seguido midiendo, en política criminal, con criterios de prevención especial y ha
de imponerse para resocializar a los delincuentes necesitados y susceptibles de
reeducación, para intimidar a aquellos en los que no concurra dicha necesidad
y para neutralizar a los incorregibles, a lo que habría que añadir la intimidación
por la amenaza del uso de la pena, dirigida a la sociedad en general, y por tanto
también al ciudadano no delincuente, es decir, la prevención general.
Compartimos decididamente el criterio de que el derecho penal disuade al
ciudadano medio de la tentación de infringir la norma penal, neutraliza al de-
lincuente habitual y le incita a hacer un juicio de proporcionalidad acerca de las
ventajas e inconvenientes de delinquir, en cada caso concreto, valorando muy
especialmente las posibilidades reales de ser descubierto y castigado, lo cual en
no pocas ocasiones le llevará a desistir de ello.
La aplicación racional, legal y justa del derecho penal puede debilitar el poder
de las organizaciones criminales mediante la neutralización de los miembros
principales y el desmantelamiento de sus estructuras operativas y de sus redes.
Todo dependerá de las estrategias que se creen por los agentes de control social
formal e informal para lograr una cultura jurídico-penal en la población, y que
16
Cfr
.
J
ORGE
M
ESAS
, L
UIS
F
RANCISCO DE
.
La eficacia del sistema penal
, Cuadernos del Consejo General del Poder Judicial,
Red Iberoamericana de Documentación Judicial, Iberius, 2004, pp. 57-90.
15
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
el mensaje que se transmita sobre el delito cumpla con la función motivadora y
no sólo protectora que tiene el derecho penal.
En definitiva, el derecho penal defiende a la sociedad hasta el límite en que
puede hacerlo, puesto que la misión del derecho penal y del sistema por el que
actúa el control social formal no es la imposible eliminación del delito, sino su
control hasta los límites que se consideren tolerables en cada sociedad y en cada
momento histórico.
Los sistemas del control, tanto el formal como el informal, actuando conjun-
tamente, pueden conseguir una contención de la violencia y de la criminalidad,
por lo que ni siquiera se puede afirmar que tal finalidad, a todas luces más mo-
desta que la eliminación del delito, sea exclusiva del derecho penal.
El derecho penal actúa en el conjunto de los mecanismos de control social.
La mejora de la eficacia de tales mecanismos incidirá dando lugar a tendencias
a la baja en las cifras de criminalidad real.
Sin embargo, la absoluta falta de eficacia y la desconfianza misma en el sis-
tema de justicia penal en muchos países del área está dando paso al imperio de
la ley del más fuerte, cuya expresión en la actualidad se manifiesta en la toma
de justicia de las víctimas con sus propias manos, la violencia comunitaria y las
represalias privadas.
La eficacia del sistema de justicia penal consiste no sólo en la reducción de
la criminalidad o reinserción de delincuentes; guarda un segmento importante
para propiciar mayor calidad respecto a la víctima, con la satisfacción de sus
expectativas y atención a sus necesidades.
Otro de los motivos por los que se habla también de fracaso del derecho pe-
nal es la constatación de la generalizada falta de eficacia resocializadora de las
prisiones. En el origen de esta tesis se encuentra la ingenua creencia, desechada
actualmente, de la posibilidad de corrección masiva de los delincuentes por
medio de penas de finalidad correctora. Sin embargo, la constatación de que la
realidad no es así, únicamente ha de llevar a la conclusión de que las aspiracio-
nes de corrección generalizada, por medio de penas privativas de libertad, eran
infundadas.
El derecho penal deberá seguir manteniendo la esperanza y la finalidad de
la corrección de aquellos delincuentes que sea posible reinsertar en la sociedad
a través de la asunción de sus responsabilidades y del compromiso de no que-
brantar nuevamente las normas penales. Ante ello, la retribución del mal en que
consiste el castigo ha de ceder, incluso, si así se favorece la reinserción. Mucho
dependerá de la voluntad política de los Estados de la región, con un diseño de
políticas públicas dirigidas a esa finalidad.
16
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
Por último, en el ámbito de la dogmática, el derecho penal latinoamericano
necesita de una readaptación del catálogo de tipos penales, con exclusión de
algunos o muchos de ellos y con la inclusión de otros nuevos. Se trata de acudir
a los mecanismos de penalización y despenalización, sin dejar fisuras en el sis-
tema previsto en cada nación, para la corrección de conductas transgresoras de
los derechos e intereses generales.
Los procesos despenalizadores no son sencillos y encuentran posiblemente
más difcultades que los propios movimientos expansivos,
17
aupados por los
criterios de quienes obsesionados con las parálisis que temporalmente provo-
can las medidas coercitivas hacia el delito y el delincuente, y siguiendo además
posiciones populistas, rechazan los procesos de despenalización y propenden a
endurecer el sistema penal para extender la criminalización e instrumentar la
reacción punitiva hacia determinados objetivos neutralizadores.
Siguiendo a
M
ORILLAS
, “[…] en política criminal no se puede destruir sin
sustituir y no se puede, por ejemplo, abandonar los tradicionales instrumen-
tos preventivos sin proponer soluciones alternativas válidas y de inmediata
actuación […]”,
18
sobre todo cuando hay Factores económicos asociados a la
globalización neoliberal, al incremento del intercambio regional y a las reFor-
mulaciones que internamente inciden en las líneas del derecho penal actual.
El sistema de penas y su ejecución necesita también una proFunda modifi-
cación, pero sobre todo son necesarias modificaciones en el proceso penal que
permitan la introducción del principio de oportunidad reglada, en interés de la
víctima, tratándose de delitos menores.
La mediación puede ser un eficaz instrumento para oFrecer en muchos ca-
sos una salida negociada de interés para la víctima y para el victimario, con la
reconciliación de ambos, y Favoreciéndose la de este último con la solución ex-
trajudicial que puede incidir en el proceso, por la regulación de mecanismos de
disposición del mismo por la víctima, con abandono de la pretensión punitiva.
Pero para todo ello se precisarán reFormas legales y la proliFeración de órga-
nos mediadores, actualmente escasos en la región.
4. Una ojeada a Cuba dentro del contexto latinoamericano
No podemos abandonar estas reflexiones sin hacer reFerencia a Cuba. Lo hare-
mos repitiendo las palabras de uno de los más respetados académicos de este
17
Cfr
.
M
ORILLAS
C
UEVAS
, L
ORENZO
. “El derecho penal mínimo o la expansión del derecho penal”, ponencia presentada
en el
VII
Encuentro Internacional Escuela de Verano de la Habana sobre Temas Penales Contemporáneos, La Habana,
Cuba, 20 de julio de 2011, pp. 1-22.
18
Idem
.
17
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
continente, el maestro Elías
C
ARRANZA
, presidente del Instituto Latinoamericano
de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delin-
cuente, quien aseguró “[…] que Cuba tiene grandes logros en la reducción de la
criminalidad y es el país más seguro de la región”.
Esta afirmación, que fue hecha en el marco del
VI
Encuentro Internacional
Justicia y Derecho que se realizó en 2012, en La Habana, donde también indicó
que “[…] si cesara el bloqueo que
EE
.
UU
. ejerce sobre la Isla, muchos países se
beneficiarían de un fructífero intercambio de experiencias con los profesionales
cubanos en el campo de la justicia”, es el resultado de varios estudios e investi-
gaciones sobre la criminalidad en Cuba.
Cuba no es la perfección en el tratamiento de los conflictos sociales; a pesar
de contar con la tasa más baja de criminalidad en la región con índices de 5 ho-
micidios por cada 100 mil habitantes,
19
de mantener en cifras mínimas los delitos
violentos, el trasiego de drogas y otros tantos ilícitos que sopesan los indicadores
del área, y de tener una población carcelaria aproximada de alrededor de 57,000
personas, llamados internos, quienes son tratados como seres humanos y de los
cuales 27,000 reciben instrucción escolar y más de 24,500 están integrados a
programas de capacitación en oficios o en cursos especializados
,
aún tiene que
seguir mejorando sus estrategias de prevención y las políticas públicas para evitar
el delito, partiendo de un mayor compromiso y participación de la ciudadanía
en la toma de decisiones y añadiendo en cada paso el carácter científico que es
propio de las ciencias sociales.
Los profesionales y académicos cubanos y la sociedad cubana en su conjunto
creen y confían —porque en muchos casos se ha logrado— en la erradicación de
las manifestaciones delictivas más graves y en la reinserción de los condenados
a la sociedad.
La incorporación constante en las agendas jurídicas de la problemática del
delito, en los últimos años, tendrá en Cuba una importancia suprema para las
aspiraciones de reformulación, transformación y actualización del modelo eco-
nómico de la nación. El derecho penal también acudirá al llamado de continuar
protegiendo los intereses y valores conquistados y las nuevas proyecciones diri-
gidas a la sostenibilidad y el desarrollo socioeconómico.
19
Para la Organización Panamericana de la Salud, un índice normal de criminalidad es el que se halla entre 0 y 5
homicidios por cada 100,000 habitantes por año. Ese puede ser tratado con los mecanismos convencionales. Cuando
el índice de homicidios está entre 5 y 8 la situación es delicada, pero cuando excede de 8 nos hallamos frente a
un cuadro de criminalidad “epidémica”.
Cfr
.
K
LIKSBERG
, B
ERNARDO
.
Mitos y realidades sobre la criminalidad en América
Latina
, Instituto Nacional de Administración Pública, España, 2006. También véanse las tasas de homicidios por
países de la región en 2006: “Número de homicidios cada 100.000 habitantes”, en
Situación de salud en las Américas.
Indicadores básicos 2006
, Organización Panamericana de la Salud.
18
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
Para ello será medular modificar y perfeccionar las leyes penales sobre la base
de las tendencias más modernas y contemporáneas, respetando los principios,
garantías fundamentales y los derechos de los ciudadanos.
También nos queda aprender de los aportes latinoamericanos sobre estos te-
mas y compartir con responsabilidad cientíFca nuestras ideas e inquietudes, inte-
grarnos y cooperar dentro de los mecanismos regionales para hallar las fórmulas
más adecuadas tendentes a aliviar el crimen y las penas en nuestras sociedades.
Ello forma parte del principio de solidaridad que está inoculado en el espíritu y
en la cultura de nuestras naciones.
La ciencia y la técnica alcanzan niveles insospechados; la nanotecnología,
la biotecnología y la electrónica, en apenas unos pocos años de transcurrir este
siglo, rebasan los límites del descubrimiento humano aprehendidos en siglos
pasados. Sin embargo, los estudios y las investigaciones sociales y criminológicas
no han sido capaces de resolver uno de los males que más afectan a los hombres
y mujeres del planeta: el delito. Corresponde a la comunidad de juristas, criminó-
logos, sociólogos y penalistas latinoamericanos contribuir a moderar y restringir
el incremento y la proliferación de este flagelo.
5. A modo de conclusión
En resumen, podríamos sintetizar los retos y desafíos para el derecho penal y la
criminología en América Latina con los planteamientos siguientes:
•
La criminología debe trabajar por constituirse definitivamente en una cien-
cia auxiliar y no subalterna del derecho penal y de sus componentes axio-
lógicos que tienden a estar diseñados y estructurados sobre una política
penal y criminal que en ocasiones resulta incoherente con las funciones
asignadas, propias del poder que la inspira.
•
Es necesario que la criminología crítica adopte un punto de vista autónomo
y externo al derecho penal, haciendo referencia al daño social, orientando la
supresión de conductas y, por qué no, la incorporación de otros no previstos
en los ordenamientos penales. Es el reto de exigir el respeto a las garantías
colectivas e individuales y también propender a un derecho penal mínimo.
•
Contribuir con el discurso criminológico en el fomento de las políticas pú-
blicas. El abandono de las políticas sociales de redistribución y asistencia,
que han tenido y tienen el efecto de incrementar las desigualdades eco-
nómicas y sociales, genera todo un caldo de cultivo para comportamientos
considerados delictivos.
19
R e t o s & D e s a ± ² o s D e L D e R e c ³ o p e N a L & L a c R I M I N o L o ´ ² a e N a M Ø R I c a L a t I N a
•
Con la principal herramienta que tiene la criminología: las investigaciones
empíricas desde la intra, inter y transdisciplinariedad, es necesario influir en
el fomento a las técnicas de prevención. Estamos seguros de que mucho le
ahorraríamos a la prensa amarilla si logramos adoptar medidas civilizadas
sobre el uso y la tenencia de armas, causantes de las más de 150 mil muer-
tes que ellos describieron en 2010.
•
Enfrentar y criticar el populismo punitivo contemporáneo, cuya fórmula
propagandística en la actualidad sólo ha servido para mantener el derecho
vindicativo. Es necesario, frente al populismo punitivo, ocupar los espacios
de comunicación social a través de publicaciones electrónicas y la inter-
vención discursiva en los medios de comunicación. La inseguridad, en muy
buena medida, va asociada a cómo se la percibe, al imaginario colectivo
que de ella existe. Lo cual, en nuestros días y siempre en forma acrecenta-
da, significa: la inseguridad ciudadana depende de cómo la construyen las
agencias mediáticas, imprescindibles poderes constructores de la realidad
social de hoy.
•
Existe la posibilidad de plantear en la región una lógica integral, que devie-
ne de la idea de cohesión social, de los estudios sobre las causas últimas de
la violencia, y de los modelos y experiencias exitosas a nivel internacional
y regional.
•
Propender a una criminología de integración y cooperación regional en la
que se debatan y se logren propuestas que contribuyan a las estrategias
y políticas regionales de enfrentamiento al delito y de mejoramiento de
nuestros sistemas penales, que hoy están ceñidas únicamente a criterios
políticos.
•
Lograr que el derecho penal como ciencia sea participativo. Es importante
para ello que los ciudadanos tengan mayor participación en los asuntos
que le conciernen al derecho en su conjunto, pero muy especialmente al
derecho penal, dada la restricción de garantías que de él propenden.
•
Un reto para los Estados modernos y democráticos sería el de someter a
referéndum las leyes penales, sustantivas y procesales, previo debate de su
contenido, de los objetivos y fines que se persiguen, etcétera. Ese sería un
paso más en el empeño de la democratización de la justicia.
•
Es ineludible perfeccionar la dogmática jurídico-penal: me refiero a la sis-
tematización de las instituciones y conceptos fundamentales del orde-
namiento jurídico penal, y a su presentación en una unidad orgánica y
sistemática. Para esto debe profundizar en la observación de los fenómenos
jurídicos, extraer de ellos los caracteres que le son esenciales, construir con
20
c a R L o s a L B e R t o M e J & a s R o D R & ± u e ²
esto los conceptos, estudiar los nexos que existen entre ellos y organizar
todo el material en un sistema.
•
Buscar la reversión de la doble vía, que hace hoy a la justicia penal una
justicia fuertemente clasista: derecho penal máximo, estremadamente duro
e inflexible contra la delincuencia de los pobres, delincuencia de subsis-
tencia; derecho penal mínimo, máximamente leve e indulgente contra los
crímenes del poder, la corrupción.
•
La reformulación de la jerarquía de los bienes jurídicos merecedores de
tutela penal, sobre la base de la primacía asociada a la garantía de los de-
rechos constitucionalmente establecidos y del grado de ofensa producidos
a éstos por diversos tipos de criminalidad; en segundo lugar, y consiguien-
temente, la máxima reducción de la esfera de intervención penal frente a
los delitos privados de ofensividad o de escasa ofensividad, también para
permitir su extensión a aquellos máximamente ofensivos de los derechos
fundamentales.
•
Atender la solución de conFictos por las vías de la mediación-conciliación,
en tanto pueden ser un cauce muy adecuado para satisfacer el interés de
la víctima, reconciliarla con el victimario, paci±cando el conFicto y logran-
do la resocialización de este último en delitos menores. Debe potenciarse
con la introducción del principio de oportunidad, estableciéndose meca-
nismos de acortamiento procesal.